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Acusación de la Fiscalía

Piden un año de cárcel y 18 de inhabilitación para el alcalde de Lora de Estepa (Sevilla) por obras ilegales

03/12/2012
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La Fiscalía de Sevilla ha solicitado un año de cárcel y 18 de inhabilitación para el alcalde de Lora de Estepa (Sevilla), Salvador Guerrero Reina (PSOE), por conceder licencia para edificar viviendas con aparcamientos, servicios y zonas ajardinadas en suelo rústico "con la plena conciencia de ser manifiestamente contraria a la legalidad" y "a sabiendas" de que dichas licencias "eran incompatibles con el planeamiento urbanístico vigente".

SEVILLA, 30 (EUROPA PRESS)

Fuentes judiciales han informado a Europa Press de que el Juzgado de lo Penal número 6 de Sevilla acogió el jueves el juicio contra el primer edil, la secretaria interventora de Lora de Estepa y dos promotores por delitos contra la ordenación del territorio y de prevaricación, juicio que quedó visto para sentencia y en el que el Ministerio Público mantuvo su acusación.

En su escrito de acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, el fiscal relata que, en 2004, existía en el municipio un paraje llamado 'Piedra del Águila' en suelo clasificado como no urbanizable común, no obstante lo cual, "conociendo esa clasificación urbanística", los acusados "se concertaron para burlar las limitaciones para edificar fijadas por el planeamiento y poder así edificar viviendas incompatibles con el tipo de suelo donde se pretendían construir".

Para ello, los dos promotores adquirieron una finca de olivar de 12.052 metros cuadrados "expresamente mencionada en el contrato como rústica, ocultándole a la vendedora los propósitos urbanizadores en la finca", añadiendo que tanto el alcalde como los dos promotores contaron con la "colaboración" de la secretaria, que "no puso objeción alguna a la evidente ilegalidad que se preparaba, omitió documentar el preceptivo informe jurídico y silenció la necesidad de informes técnicos previos del arquitecto municipal".

"NULO DE PLENO DERECHO"

Asimismo, los acusados "hicieron luego un ilegal proyecto de reparcelación" de la unidad de ejecución correspondiente a esa finca y un proyecto de urbanización, aprobado por el alcalde, quien emitió sus resoluciones "a sabiendas de ser incompatibles con el planeamiento urbanístico vigente", realizándose una parcelación urbanística en suelo rústico, "por lo que era nula de pleno derecho".

Por último, "y con la misma plena conciencia de ser manifiestamente contraria a la legalidad", el alcalde de Lora de Estepa, "en colaboración" con la secretaria municipal, "que emitía informes verbales favorables a esas irregularidades", concedió la licencia de obras mediante decreto de alcaldía

"Los documentos y resoluciones mencionados, a pesar de estar clasificado el suelo como no urbanizable, sirvieron para dar aparente cobertura a la edificación de 16 viviendas unifamiliares aisladas" en la llamada urbanización 'Piedra del Águila', agrega el fiscal, que no obstante resalta que "no consta que el alcalde, la secretaria u otras personas distintas" a la promotora "obtuvieran algún beneficio económico con la operación inmobiliaria" descrita.

"TRATARON DE DAR SOPORTE LEGAL" A LA URBANIZACIÓN DE LA ZONA

Asimismo, y "tratando de dar soporte legal a la urbanización de la zona y a la ejecución de las 16 edificaciones", el Ayuntamiento aprobó inicialmente el Plan General de Ordenación Urbana el 19 de mayo de 2008, que ya incluía al paraje citado como suelo urbano, por lo que las viviendas ejecutadas y actualmente existentes "se adecuan ahora al planeamiento".

En el juicio, la Fiscalía imputó al primer edil un delito continuado de prevaricación, por el que le pidió nueve años de inhabilitación, y dos delitos contra la ordenación del territorio por los que solicitó otros nueve años de inhabilitación, un año de cárcel y el pago de sendas multas de 9.000 y 6.750 euros.

Respecto a la secretaria, C.R.P., el fiscal pidió siete años de inhabilitación y nueve meses de cárcel por dos delitos contra la ordenación del territorio, mientras que solicitó para los dos promotores, G.M. y A.E., un año de cárcel, nueve años de inhabilitación e inhabilitación especial para la profesión de promotor y constructor por dos años.

Por último, el representante del Ministerio Público interesó que las viviendas no fueran demolidas al haberse modificado el planeamiento urbanístico.

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