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  • EDICIÓN DE 15/11/2012
 
 

Desahucio

La Abogacía pone a disposición de los ciudadanos un escrito para pedir la suspensión inmediata del desahucio

15/11/2012
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El documento, que se encuentra disponible para ciudadanos y asociaciones de consumidores en los 83 colegios de abogados y en la web www.abogacia.es, contiene una serie de alegaciones para paralizar el desahucio en "la situación de emergencia social causada por las más de 400.000 ejecuciones hipotecarias que se han producido en España desde 2007" y las miles que se están tramitando".

MADRID, 14 (EUROPA PRESS)

El documento, que se encuentra disponible para ciudadanos y asociaciones de consumidores en los 83 colegios de abogados y en la web www.abogacia.es, contiene una serie de alegaciones para paralizar el desahucio en "la situación de emergencia social causada por las más de 400.000 ejecuciones hipotecarias que se han producido en España desde 2007" y las miles que se están tramitando".

El CGAE recuerda en un comunicado que el artículo 3.1 del Código Civil establece que las normas jurídicas han de interpretarse con arreglo "a la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas". De igual modo, apunta que en muchos de los procedimientos seguidos, los afectados, dada su precaria situación económica, no han podido designar abogado y procurador que los defienda y represente, por lo que los procesos judiciales se han seguido en situación de rebeldía.

El escrito también se pide la paralización de la ejecución hipotecaria por la inminente resolución del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) sobre la cuestión prejudicial planteada por el Juzgado Mercantil 3 de Barcelona para que valore si el sistema de ejecución hipotecario español respeta los parámetros mínimos exigidos por la normativa comunitaria de tutela de consumidores y usuarios.

La paralización de la ejecución hipotecaria se fundamenta en el artículo 43.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que establece que el tribunal podrá decretar -a petición de una de las partes- la suspensión del desahucio "hasta que finalice el proceso que tenga por objeto la cuestión prejudicial", en este caso ante la Justicia de la UE. Asimismo, en el escrito de la Abogacía se solicita al juez, como medida subsidiaria, que proceda de oficio a plantear cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de Luxemburgo.

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