Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 02/11/2012
 
 

Prevaricación

La Fiscalía mantiene la petición de 3 años de cárcel para el exalcalde de Torrevieja por prevaricación

02/11/2012
Compartir: 

El ministerio fiscal ha mantenido su petición de tres años de prisión para el exalcalde de Torrevieja y diputado en las Corts Valencianes, Pedro Ángel Hernández Mateo, por crear "una obra maestra falsaria con una sola fatalidad que ha sido descubierta" en la adjudicación de un contrato de basuras en 2004. Por su parte, la defensa ha reclamado la absolución al negar que hubiera "ninguna tacha de ilegalidad en su actuación". El juicio ha quedado visto para sentencia.

VALENCIA, 31 (EUROPA PRESS)

Del mismo modo, en la última sesión del juicio que se sigue contra Hernández Mateo en el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), la acusación popular --ejercida por Los Verdes-- ha reiterado su petición de nueve años de inhabilitación por prevaricación y de cinco años de cárcel por falsedad al sostener que todo el proceso de contratación ha sido "un montaje urdido y orquestado de principio a fin por el acusado". El procesado ha declinado hacer ninguna declaración al término de la vista.

Hernández Mateo está acusado de los delitos de prevaricación en la adjudicación del contrato del servicio de recogida de residuos sólidos, transporte a vertedero, limpieza viaria y limpieza y mantenimiento de la costa de Torrevieja y de consultoría para la emisión de informes externos; así como del delito de falsedad documental en la propuesta y en el decreto de adjudicación del contrato de consultoría. Tanto el fiscal como la acusación han ofrecido como alternativa de condena la falsedad imprudente grave.

El ministerio fiscal ha relatado que el que fuera alcalde de Torrevieja durante 23 años creó "una aparente legalidad en una actuación administrativa perfecta, de libro" salvo por el óbice de "la falsedad documental" al adjudicar el contrato de consultoría haciendo constar unas consultas con empresas que no se habían producido.

Al respecto, ha evidenciado que de los 258 contratos menores que se suscribieron en 2004, éste fue el único firmado por el alcalde y no por el concejal del ramo, y ha expuesto que se trata de "la falsedad más creativa y temeraria" ya que "no se contenta con citar despachos" con los que no se ha hablado, sino que además "incluye despachos inexistentes". De este modo, adjudicó directamente los informes de consultoría externos a una firma de abogados que había mantenido relaciones profesionales con la adjudicataria del contrato del servicio de recogida de residuos sólidos --Necso-La Generala--.

Además, el ministerio público ha justificado su petición alternativa de falsedad imprudente en que a pesar de que fue el propio alcalde quien solicitó este informe externo para "aclarase" cuando, tan sólo siete días después, obtuvo el informe, de una página, 25 líneas con cinco puntos y aparte, alegó durante el juicio que lo firmó sin leerlo.

Por último, sostiene que crea esta apariencia de contrato negociado "en fraude de ley" para dar la apariencia de "una mayor seguridad jurídica que un contrato menor" y en este sentido mantiene la acusación por un delito de prevaricación porque el alcalde "hace constar una realidad falsa", al firmar el expediente en el que se dice "visto que se ha consultado con más despachos..."·, que como consecuencia "se produce una adjudicación". "Por tanto uso una falsedad como medio de una prevaricación".

Del mismo modo, la acusación popular --quien también ha sumado la alternativa de falsedad imprudente a su escrito de acusación-- ha incidido en que Hernández Mateo fue "la única persona que participó en las simuladas llamadas a otros despachos" y le ha afeado que descargara la responsabilidad del contrato en un aparejador fallecido. Asimismo, ha señalado que el aumento de dos concejales en la última mesa de negociación fue "una decisión arbitraria e injusta" que "sólo buscaba asegurar el resultado final de la adjudicación". "Todo fue decidido, orquestado, simulado y tramado por el hoy acusado", ha apostillado.

BONDAD DE LA ADJUDICACIÓN

Por contra, la defensa ha rechazado todas las acusaciones y de hecho ha destacado que el propio fiscal "no pide responsabilidades" a la firma adjudicataria "ni cuestiona la bondad de la adjudicación" y ha afirmado que "no hay ilegalidad ninguna en la tramitación", por lo que "el acuerdo de adjudicación nunca fue impugnado".

Asimismo, ha centrado su defensa en que este expediente "nunca se nombró ni tramitó como negociado" sino como un contrato menor "que no hay por qué motivar" y ha incidido en que fue "probablemente" el técnico fallecido el que contactó con los otros despachos.

Por ello, rechaza la acusación de prevaricación al "no encontrarse ninguna tacha ni un argumento de fondo de ilegalidad" y descarta también que se diera una falsedad documental, ya que aunque no hubo consultas a otros despachos, "estos constituyen una inveracidad inocua por irrelevante", ya que esta circunstancia "fue absolutamente irrelevante en sentido jurídico y no afectó a la decisión final".

Del mismo modo, se opone a la falsedad por imprudencia grave ya que considera normal firmar actos si vienen de personal de confianza, como en este caso del departamento de contratación, y de hecho ha puesto de relieve que las acusaciones "nada piden a las personas que prepararon los papeles".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana