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ETA

El TS revisa el 13 de noviembre la condena del etarra 'Mobutu' a 81 años de cárcel por asesinar a tres guardias civiles

31/10/2012
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El etarra Félix Alberto López de la Calle disparó a los agentes durante una prueba ciclista en Salvatierra (Álava)

MADRID, 3 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo celebrará el próximo 13 de noviembre una vista pública para revisar la condena del etarra Félix Alberto López de la Calle Gauna, alias 'Mobutu', a 81 años de cárcel por participar en el atentado que costó la vida a tres agentes de la Guardia Civil el 4 de octubre de 1980, durante una prueba ciclista celebrada en Salvatierra (Álava).

La Sala de lo Penal estudiará el recurso interpuesto por López de la Calle contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional que le imponía tres penas de 27 años de cárcel por cada uno de los asesinatos terroristas y le obligaba a indemnizar con entre 270.000 y 390.000 euros a los familiares de los agentes Avelino Palma Brioa y Ángel Prado Mella y el cabo primero José Vázquez Platas, que fueron tiroteados desde un Simca 1200.

El alto tribunal dictará una resolución, de la que será ponente el magistrado Alberto Jorge Barreiro, sobre el caso de 'Mobutu'. La Audiencia Nacional consideró probado que éste etarra, Ignacio Aracama Mendía, 'Makario', y el ya fallecido Miguel Lopetegui Larrate, "decidieron dar muerte a miembros de la Guardia Civil que iban a dar protección y ordenar el tráfico" en la carrera siguiendo "las directrices de ETA".

Una hora antes del comienzo de la prueba, 'Mobutu' y los otros miembros del 'comando' se dirigieron hacia los agentes y "de forma sorpresiva, a fin de evitar cualquier reacción defensiva" por su parte, les dispararon "varias veces" en la cabeza y el tronco, causándoles la muerte.

Tras el atentado, los etarras huyeron en el citado vehículo y se dirigieron hacia el puerto de Opacua, donde lo abandonaron en el camino de Vicuña de Alegría (Álava). Después se escondieron en un caserío pudiendo así "escapar de la acción de la justicia".

UNA HUELLA Y VARIAS DECLARACIONES

En la sentencia, dictada el pasado mayo, el tribunal valoraba como principales pruebas la declaración del acusado y de los etarras María Luisa Guenetxea y Soledad Iparaguirre, 'Anboto', en cuya casa se alojaron tras la acción criminal, y el hallazgo de una huella de 'Mobutu' en el vehículo con el que se perpetró el atentado.

La magistrada Clara Bayarri dictó un voto particular discrepante en el que exponía que las declaraciones de las dos coimputadas fueron realizadas "al amparo de la denominada ley antiterrorista, con incomunicación gubernativa y sin efectiva asistencia de letrado", por lo que no pueden ser consideradas como "válidas".

Además, defendía que la huella de 'Mobutu' fue encontrada en el cristal del conductor por su parte interior, lo que determinaría "la imposibilidad de que fuese asentada en el momento de la comisión del atentado", pues, según las declaraciones de los coimputados, el vehículo conducía 'Makario'.

Durante el juicio, que se celebró el pasado 19 de abril, dos días después de que el Gobierno de Argentina anunciara la nacionalización de la petrolera YPF, propiedad de Repsol, el etarra lució una camiseta albiceleste debajo de una sudadera de color verde, aunque no hizo ningún comentario sobre este asunto.

Tras negarse a contestar a las preguntas formuladas por el fiscal y el resto de acusaciones, 'Mobutu' se limitó a decir que es "militante de ETA" y "acepta" todas sus "acciones" aunque en 1980 se encontraba en Francia y, por tanto, no participó en este atentado. En su última palabra añadió: "¡Gora Euskal Herria askatuta! (viva Euskal Herria libre)".

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