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Modificación automática mensual del Catálogo Priorizado de Productos Farmacéuticos

30/10/2012
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Resolución de 26 de octubre de 2012 por la que se hace público el acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 25 de octubre de 2012, por el que se aprueba la modificación automática mensual del Catálogo Priorizado de Productos Farmacéuticos de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG de 29 de octubre de 2012). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 26 DE OCTUBRE DE 2012 POR LA QUE SE HACE PÚBLICO EL ACUERDO DEL CONSELLO DE LA XUNTA DE GALICIA DE 25 DE OCTUBRE DE 2012, POR EL QUE SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN AUTOMÁTICA MENSUAL DEL CATÁLOGO PRIORIZADO DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA.

El Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión de 25 de octubre de 2012, adoptó, a propuesta de la Consellería de Sanidad, el acuerdo que a continuación se transcribe, así como su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

De conformidad con lo previsto en los artículos 3 Vínculo a legislación y 4 Vínculo a legislación de la Ley 12/2010, de 22 de diciembre, sobre racionalización del gasto en la prestación farmacéutica de la Comunidad Autónoma de Galicia, el Catálogo priorizado de productos farmacéuticos estará formado por los principios activos con sus respectivas presentaciones, que respondan al precio menor recogido en el Nomenclátor oficial de productos farmacéuticos financiados por el Sistema Nacional de Salud, o bien con un precio superior cuando se trate de situaciones excepcionales justificadas por la existencia de riesgo de desabastecimiento o monopolio.

De conformidad con lo previsto en el artículo 3, párrafos 5 y 6, de la citada Ley 12/2010, las modificaciones del catálogo serán aprobadas por el Consello de la Xunta de Galicia por el procedimiento previsto en el artículo 4 de la misma ley con una periodicidad mínima bimestral, o cuando haya modificación de los precios menores establecidos por el ministerio competente en la materia.

Publicado el Real decreto ley 16/2012 Vínculo a legislación, la Comisión Autonómica Central de Farmacia y Terapéutica de la Comunidad Autónoma de Galicia acordó elevar una nueva propuesta de Catálogo priorizado de productos farmacéuticos que recoge la revisión y actualización, de manera automática, de los conjuntos de intercambio o agrupaciones homogéneas de medicamentos y productos sanitarios con sus presentaciones, aprobados por el Consello de la Xunta de Galicia el pasado 22 de marzo de 2012, con la actualización mensual del Nomenclátor oficial de productos farmacéuticos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y conforme a los nuevos precios menores y precios de venta al público vigentes en cada mes, de acuerdo a lo establecido en el Real decreto ley 16/2012 Vínculo a legislación. Además, también está prevista la inclusión automática de las nuevas agrupaciones homogéneas de medicamentos y productos sanitarios que se incorporen al Nomenclátor oficial de productos farmacéuticos todos los meses y las que se incorporaron con posterioridad a la actualización de 1 de abril de 2012, dando de baja aquellas agrupaciones homogéneas que dejaron de serlo desde la citada actualización o que dejen de serlo en las próximas actualizaciones mensuales del Nomenclátor.

En consecuencia, en el ejercicio de las competencias otorgadas en los artículos 3 Vínculo a legislación y 4 Vínculo a legislación de la Ley 12/2010, de 22 de diciembre, sobre racionalización del gasto en la prestación farmacéutica de la Comunidad Autónoma de Galicia, a propuesta de la conselleira de Sanidad, el Consello de la Xunta de Galicia,

ACUERDA:

Primero. Se aprueba la modificación automática mensual del Catálogo priorizado de productos farmacéuticos de la Comunidad Autónoma de Galicia, conforme a los precios menores efectivos en cada mes en el Nomenclátor oficial de productos farmacéuticos, y la incorporación automática mensual de todas aquellas agrupaciones homogéneas de medicamentos o productos sanitarios que sean incorporadas en el Nomenclátor mensual, conforme al precio menor que hayan establecido. Para los restantes medicamentos y productos sanitarios no incluidos en estos conjuntos de intercambio o agrupaciones homogéneas de medicamentos, se aplicará el dispuesto en el Nomenclátor oficial de productos financiados por el Sistema Nacional de Salud.

Esta modificación sustituye al catálogo aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia el pasado 22 de marzo de 2012.

Segundo. Este acuerdo se publicará en el Diario Oficial de Galicia a efectos de su conocimiento general y aplicación.

Tercero. El presente acuerdo entrará en vigor el 1 de noviembre de 2012.

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