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Concurso para la cobertura de plazas en el Ministerio Fiscal

11/10/2012
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Se convoca concurso de traslados para la cobertura de plazas en el Ministerio Fiscal. Podrán tomar parte en él los fiscales de segunda categoría y los abogados fiscales de tercera categoría que llevasen más de dos años en la plaza a la que hubieran accedido voluntariamente, así como los abogados fiscales nombrados para su primer destino, que llevasen más de un año en el mismo.

BASES:

Primera.

Podrán tomar parte en él los fiscales de segunda categoría y los abogados fiscales de tercera categoría que llevasen más de dos años en la plaza a la que hubieran accedido voluntariamente, así como los abogados fiscales nombrados para su primer destino, que llevasen más de un año en el mismo. En ambos supuestos, el tiempo de permanencia se computará desde la fecha de publicación en el “Boletín Oficial del Estado” del Real Decreto o de la Orden de nombramiento para el destino que ocupan.

Segunda.

No podrán concursar quienes se hallasen en alguna de las siguientes situaciones:

a) Aquellos en los que no concurran los requisitos establecidos en cada caso.

b) Los trasladados en aplicación de lo dispuesto en los artículos 39.3 y 40 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, respecto a las fiscalías donde estaban destinados, mientras subsistan las causas que determinaron su traslado.

c) Los electos para un destino que hubiera sido solicitado por ellos.

d) Los suspensos, mientras sea efectiva la suspensión.

Tercera.

Cada solicitante realizará una única solicitud, según el modelo que figura en el anexo II de esta Orden, en la que hará constar por orden de preferencia las plazas a las que desea acceder. Carecerán de validez aquellas instancias que se formulen de manera condicionada o no aparezcan correctamente cumplimentadas en todos sus extremos. No se aceptarán renuncias ni modificaciones que no se presenten dentro del plazo de diez días para la presentación de las instancias.

Cuarta.

Las solicitudes, dirigidas al Sr. Ministro de Justicia, se presentarán en el plazo de diez días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Orden en el “Boletín Oficial del Estado”, en el Registro de la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, 4, 28071 Madrid), en el del Ministerio de Justicia (plaza Jacinto Benavente, 3, 28071 Madrid), o ante el Fiscal Jefe del destino actual, en cuyo caso éste deberá comunicar al día siguiente de la finalización del plazo al Fiscal General del Estado el número de solicitudes presentadas, remitiendo de inmediato todas ellas, o informando si no hubiera ninguna.

Quinta.

Dentro de los ocho días siguientes al del vencimiento del plazo para solicitar las plazas vacantes, el Fiscal General del Estado convocará al Consejo Fiscal, para que emita el informe correspondiente en relación con la resolución del concurso, y una vez evacuado, elevará al Ministerio de Justicia la propuesta de los traslados que procedan, a la que acompañará tanto las instancias presentadas como los informes del Consejo Fiscal.

Sexta.

Recibida la propuesta, este ministerio elevará al Consejo de Ministros o resolverá directamente, según proceda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, adjudicando los correspondientes destinos.

Séptima.

En aplicación de lo establecido en la regla 4.ª de la disposición transitoria primera del Real Decreto 391/1989, de 21 de abril, por el que se establece la cuantía del complemento de destino para jueces y magistrados y del ministerio fiscal, las plazas incluidas en el apartado II “Plazas de 2.ª categoría para fiscales o abogados fiscales” que hubieran de quedar desiertas por falta de solicitantes, serán adjudicadas, en la Orden de resolución del concurso, al abogado fiscal o a los abogados fiscales más antiguos en el escalafón que estuvieran destinados en la Fiscalía o, en su caso, Jefaturas de Área o Secciones Territoriales a las que dichas plazas pertenezcan.

Octava.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, según dispone la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

ANEXO I

I. Plazas de segunda categoría para Fiscales exclusivamente:

Fiscalía Provincial de Guadalajara, 1 plaza de Teniente Fiscal.

Fiscalía de la Comunitat Valenciana, 1 plaza de Fiscal.

II. Plazas de segunda categoría para Fiscales o Abogados Fiscales:.

Fiscalía Provincial de Granada, 2 plazas de Fiscal.

Sección Territorial de Huercal-Overa, Fiscalía Provincial de Almería, 1 plaza de Fiscal.

Fiscalía Provincial de Cádiz, 1 plaza de Fiscal.

Fiscalía de Área de Algeciras, Fiscalía Provincial de Cádiz, 2 plazas de Fiscal.

Fiscalía Provincial de Córdoba, 1 plaza de Fiscal.

Fiscalía Provincial de Málaga, 2 plazas de Fiscal.

Fiscalía Provincial de Huesca, 1 plaza de Fiscal.

Fiscalía de Área de Eivissa, Fiscalía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, 1 plaza de Fiscal.

Sección Territorial de Maó, Fiscalía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, 1 plaza de Fiscal.

Fiscalía Provincial de Albacete, 1 plaza de Fiscal.

Fiscalía Provincial de Toledo, 1 plaza de Fiscal.

Fiscalía Provincial de Soria, 1 plaza de Fiscal.

Fiscalía de Área de Granollers, Fiscalía Provincial de Barcelona, 2 plazas de Fiscal.

Sección Territorial de San Feliú de Llobregat, Fiscalía Provincial de Barcelona, 1 plaza de Fiscal.

Fiscalía de Area de Vilanova y La Geltrú, Fiscalía Provincial de Barcelona, 3 plazas de Fiscal.

Fiscalía de Área de Mataró-Arenys de Mar, Fiscalía Provincial de Barcelona, 2 plazas de Fiscal.

Sección Territorial de Figueres, Fiscalía Provincial de Girona, 2 plazas de Fiscal.

Fiscalía Provincial de Tarragona, 1 plaza de Fiscal.

Sección Territorial de Tortosa, Fiscalía Provincial de Tarragona, 1 plaza de Fiscal.

Sección Territorial de Plasencia, Fiscalía Provincial de Cáceres, 1 plaza de Fiscal.

Fiscalía de Área de Ferrol, Fiscalía Provincial de A Coruña, 1 plaza de Fiscal.

Fiscalía Provincial de Madrid, 2 plazas de Fiscal.

Fiscalía de Área de Móstoles, Fiscalía Provincial de Madrid, 1 plaza de Fiscal.

Sección Territorial de Collado-Villalba, Fiscalía Provincial de Madrid, 1 plaza de Fiscal.

Fiscalía de Área de Cartagena, Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, 1 plaza de Fiscal.

Sección Territorial de Cieza, Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, 1 plaza de Fiscal.

Sección Territorial de Torrevieja, Fiscalía Provincial de Alicante, 1 plaza de Fiscal.

Sección Territorial de Vinarós, Fiscalía Provincial de Castellón, 1 plaza de Fiscal.

Fiscalía Provincial de Vizcaya, 1 plaza de Fiscal.

Sección Territorial de Barakaldo, Fiscalía Provincial de Vizcaya, 1 plaza de Fiscal.

Fiscalía Provincial de Álava, 1 plaza de Fiscal.

Fiscalía Provincial de Guipúzcoa, 1 plaza de Fiscal.

III. Plazas de segunda categoría para fiscales o abogados fiscales, a cubrir según lo dispuesto en el artículo 118 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial:

Fiscalía Provincial de Sevilla, 1 plaza de Fiscal.

IV. Plazas de tercera categoría para Abogados Fiscales exclusivamente:

Fiscalía Provincial de Almería, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Sección Territorial de El Ejido, Fiscalía Provincial de Almería, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía Provincial de Cádiz, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de Área de Algeciras, Fiscalía Provincial de Cádiz, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de Área de Jerez de la Frontera, Fiscalía Provincial de Cádiz, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía Provincial de Huelva, 2 plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía Provincial de Teruel, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Sección Territorial de Manacor, Fiscalía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía Provincial de Las Palmas, 2 plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía Provincial de Santa Cruz de Tenerife, 2 plazas de Abogado Fiscal.

Sección Territorial de La Palma, Fiscalía Provincial de Santa Cruz de Tenerife, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía Provincial de Albacete, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía Provincial de Ciudad Real, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Sección Territorial de Manzanares, Fiscalía Provincial de Ciudad Real, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía Provincial de León, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía Provincial de Salamanca, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía Provincial de Barcelona, 3 plazas de Abogado Fiscal.

Sección Territorial de Badalona, Fiscalía Provincial de Barcelona, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de Área de Granollers, Fiscalía Provincial de Barcelona, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de Área de Manresa-Igualada, Fiscalía Provincial de Barcelona, 3 plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía de Área de Sabadell, Fiscalía Provincial de Barcelona, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Sección Territorial de Santa Coloma de Gramanet, Fiscalía Provincial de Barcelona, 2 plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía Provincial de Girona, 2 plazas de Abogado Fiscal.

Sección Territorial de Figueres, Fiscalía Provincial de Girona, 2 plazas de Abogado Fiscal.

Sección Territorial de Olot, Fiscalía Provincial de Girona, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Sección Territorial de Blanes, Fiscalía Provincial de Girona, 3 plazas de Abogado Fiscal.

Sección Territorial de la Seu D'Urgell, Fiscalía Provincial de Lleida, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Sección Territorial de Reus, Fiscalía Provincial de Tarragona, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Sección Territorial de El Vendrell, Fiscalía Provincial de Tarragona, 2 plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía Provincial de Cáceres, 2 plazas de Abogado Fiscal.

Fiscalía de Área de Mérida, Fiscalía Provincial de Badajoz, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía Provincial de A Coruña, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Sección Territorial de Monforte, Fiscalía Provincial de Lugo, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía Provincial de Pontevedra, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de la Comunidad Autónoma de La Rioja, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de Área de Móstoles Fiscalía Provincial de Madrid, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Sección Territorial de Tudela, Fiscalía de la Comunidad Foral de Navarra, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de Área de Alcira, Fiscalía Provincial de Valencia, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía Provincial de Alicante, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Sección Territorial de Alcoy, Fiscalía Provincial de Alicante, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía de Área de Benidorm-Denia, Fiscalía Provincial de Alicante, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía Provincial de Castellón, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía Provincial de Álava, 1 plaza de Abogado Fiscal.

Fiscalía Provincial de Guipúzcoa, 2 plazas de Abogado Fiscal.

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