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Catálogos de Montes de Utilidad Pública

06/09/2012
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Resolución de 16/07/2012, de la Consejería de Agricultura, por la que se aprueba la actualización y revisión de los Catálogos de Montes de Utilidad Pública de las cinco provincias de Castilla-La Mancha (DOCM de 5 de septiembre de 2012). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 16/07/2012, DE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, POR LA QUE SE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN Y REVISIÓN DE LOS CATÁLOGOS DE MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA DE LAS CINCO PROVINCIAS DE CASTILLA-LA MANCHA.

El Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Ciudad Real fue aprobado por el Decreto 393/68, de 15 de febrero de 1968 (BOE n.º 55, de 4 de marzo), del Ministerio de Agricultura; los Catálogos de Montes de Utilidad Pública de las provincias de Albacete y Toledo fueron aprobados ambos por el Decreto 2113/1968, de 20 de junio de 1968 (BOE n.º 215, de 6 de septiembre de 1968), del Ministerio de Agricultura, y el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Cuenca fue aprobado por el Decreto 2578/1973, de 16 de agosto de 1973 (BOE de 19 de octubre), del Ministerio de Agricultura.

Por el Real Decreto 1676/84, de 8 de febrero (BOE n.º 225 de 19 de septiembre), sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en materia de conservación de la naturaleza, ésta asumió en su ámbito territorial y en el marco de la legislación básica, las funciones atribuidas a la Administración General del Estado, la administración y gestión de los montes declarados de utilidad pública y entre ellos específicamente “la declaración de utilidad pública, así como la inclusión y exclusión en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública”.

Una vez asumidas estas funciones por la Administración Autónoma se consideró prioritario completar la revisión y actualización, ya iniciada, de la relación de montes que estaban incluidos en los Catálogos de Montes de las cinco provincias castellano manchegas de 1901, así como la inclusión de los Montes declarados de Utilidad Pública con posterioridad, lo que originó el Decreto 152/2002, de 29 de octubre de 2002 (DOCM n.º 138, de 8 de noviembre de 2002), por el que el Presidente de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, a propuesta del Consejero de Agricultura y Medio Ambiente, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 29 de octubre de 2002, aprobó el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Guadalajara, que no había sufrido revisiones, modificaciones ni aprobación desde el año 1901, y en su artículo 4.º autorizaba a la entonces Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, responsable entonces de la gestión de los Montes de Utilidad Pública a través de su Dirección General de Medio Natural, la actualización y revisión de los Catálogos de Montes de Utilidad Pública de las otras cuatro provincias integrantes de esta Comunidad Autónoma. Dichas revisiones y actualizaciones fueron aprobadas en virtud de las siguientes Resoluciones:

Resolución de 25 de abril de 2005 de la Consejería de Medio Ambiente (DOCM n.º 109, de 1 de junio de 2005) por la que se aprueba el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Cuenca, Resolución de 20 de abril de 2006 de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural (DOCM n.º 94, de 5 de mayo de 2006) por la que se aprueba el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Toledo, Resolución de 20 de octubre de 2006 de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural (DOCM n.º 245, de 24 de noviembre de 2006) por la que se aprueba el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Ciudad Real, y Resolución de 20 de noviembre de 2007 de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural (DOCM n.º 8, de 10 de enero de 2008) por la que se aprueba el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Albacete, fechas desde las cuales no se ha vuelto a llevar a cabo revisión y actualización alguna de los distintos Catálogos.

Desde las citadas actualizaciones de los distintos Catálogos en los años 2002, 2005, 2006 y 2007, y tras el amplio período de tiempo transcurrido, se han producido diversas circunstancias que justifican por sí, la actual operación de revisión y actualización de los Catálogos de Montes de Utilidad Pública de las cinco provincias de Castilla-La Mancha, y entre ellas están:

- La declaración de la Utilidad Pública de una finca propiedad del Organismo Autónomo Parques Nacionales, en la provincia de Cuenca, que ha constituido un nuevo monte.

- La declaración de la Utilidad Pública en la provincia de Ciudad Real de siete Montes Elencados de Ciudad Real, dos de ellos transferidos a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en virtud del Real Decreto 16/76/84, de 8 de febrero (BOE n.º 225, de 19 de septiembre de 1984) sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, dos más pertenecientes a la Junta en virtud del Decreto 131/1998, de 22 de Diciembre, en el que se asignan facultades en materia de Patrimonio de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, y el artículo 4 del Decreto 147/2005, de 11 de Octubre de 2005, por el que se establece la Estructura orgánica y de Competencias de los distintos órganos de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, otros dos pertenecientes a la Junta por compra-venta y un último adquirido mediante escritura de permuta con parte de otro monte ya catalogado, y que han constituido todos ellos, bien independientemente o agrupados, nuevos montes o se han incorporado a otros ya existentes.

- La declaración de la Utilidad Pública en la provincia de Guadalajara de un consorcio establecido con el antiguo Patrimonio Forestal del Estado, un monte incluido en el Inventario de Bienes Municipales del Ayuntamiento de Gascueña de Bornova y 17 Montes Elencados y transferidos a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en virtud del Real Decreto 16/76/84, de 8 de febrero (BOE n.º 225, de 19 de septiembre de 1984) sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, y que han constituido todos ellos nuevos montes.

- La declaración de la Utilidad Pública en la provincia de Toledo de un monte incluido en el Inventario de Bienes Municipales del Ayuntamiento de La Calzada de Oropesa, un Monte Elencado y adquirido por la Junta mediante escritura de compra-venta y uno último sin elencar pero adquirido igualmente por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha mediante escritura de compra-venta, habiendo constituido tres nuevos montes.

- La actualización de la descripción del Monte de Utilidad Pública n.º 79 del Catálogo de Albacete, que quedó pendiente para la primera actualización que se hiciese del Catálogo de Albacete, según la Resolución de 20-11-2007, de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se aprobó la actualización y revisión del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Albacete.

Por todo ello, y vistos la Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre Vínculo a legislación, de Montes; la Ley 3/2008, de 12 de junio Vínculo a legislación, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla- La Mancha; el Real Decreto 1676/84, de 8 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de Conservación de la Naturaleza (B.O.E. n.º 225 de 19 de septiembre), y el Decreto 325/96, de 23 de febrero, sobre ampliación de los medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en materia de agricultura (DOCM n.º 14, de 21-03-1996) y demás disposiciones concordantes, esta Consejería de Agricultura, a propuesta de la Dirección General de Montes y Espacios Naturales, Acuerda:

Primero.- Se aprueba la actualización de los Catálogos de Montes de Utilidad Pública de las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo, cerrados todos ellos a efectos administrativos, tras su revisión y actualización, el dieciocho de junio de dos mil doce.

- El Catálogo de la provincia de Albacete comprende 174 montes, estando en ellos incluidos dos montes que están descatalogados, y que sus titularidades eran, uno del Estado y otro de una Entidad Local, siendo pues, los vigentes:

76 de la titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (uno de ellos agrupado a otro), 95 de Entidades Locales y uno de una Mancomunidad, con una superficie pública de 205.369,8376 hectáreas, y una superficie total de 248.504,9070 hectáreas, siendo la superficie enclavada de 43.135,0694 hectáreas.

- El Catálogo de la provincia de Ciudad Real comprende 90 montes, estando en ellos incluidos tres montes que están descatalogados, y que sus titularidades eran: dos del Patrimonio Forestal del Estado y otro, de una Entidad Local, siendo pues los vigentes: 40 de la titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y 47 de Entidades Locales, con una superficie pública de 93.412,9746 hectáreas, y una superficie total de 94.499,7017 hectáreas, siendo la superficie enclavada de 1.086,7271 hectáreas.

- El Catálogo de la provincia de Cuenca comprende 285 montes, correspondiendo la titularidad de 44 a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (uno de ellos agrupado a otro), 234 a Entidades Locales (dos de ellos agrupados a un tercero), 3 a otras Entidades Públicas, otros 3 a Entidades Benéficas, y 1 al Estado, en su Administración Central, con una superficie pública de 230.784,9020 hectáreas, y una superficie total de 243.465,4363 hectáreas, siendo la superficie enclavada de 12.680,5343 hectáreas.

- El Catálogo de la provincia de Guadalajara comprende 336 montes, estando en ellos incluidos dos montes que están descatalogados, y que sus titularidades eran de Entidades Locales, siendo pues los vigentes: 49 de la titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, 279 de Entidades Locales (seis de ellos agrupados a otros tantos), 5 de otras Entidades Locales y 1 de una Entidad Benéfica, con una superficie pública de 226.484,5180 hectáreas, y una superficie total de 235.227,6929 hectáreas, siendo la superficie enclavada de 8.743,1749 hectáreas.

- El Catálogo de la provincia de Toledo comprende 77 montes, estando en ellos incluido un monte que está descatalogado, y que su titularidad era de una Entidad Local, siendo pues los vigentes: 19 de la titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, 56 de Entidades Locales y 1 del Estado, en su Administración Central, con una superficie pública de 77.245,8210 hectáreas, y una superficie total de 83.307,1662 hectáreas, siendo la superficie enclavada de 6.061,3452 hectáreas. El extracto de los cinco Catálogos se inserta como Anexo a esta Orden.

Segundo.- El desglose de los montes que componen cada uno de los Catálogos, según su titularidad, es como sigue:

- Catálogo de Albacete: A Entidades Locales le corresponden 95 montes, siendo 23 Entidades las que poseen un solo monte, 6 entidades que tienen cada una dos montes (una Entidad comparte la pertenencia con otra Entidad - Monte n.º 89), 4 Entidades que tienen tres montes, 3 Entidades con cuatro montes cada una, 2 Entidades que tienen cinco montes, 3 Entidades con 6 montes, 1 Entidad que tiene ocho montes y un solo monte que pertenece a 4 Entidades (Monte n.º 79). La superficie pública de estas Entidades es de 146.062,2318 hectáreas y la total de 187.250,7524 hectáreas, correspondiendo a los enclavados 41.188,5206 hectáreas.

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha tiene 76 montes, teniendo dos de ellos agrupados en uno solo (Montes n.º 92 y 93), con una superficie pública de 58.749,3058 hectáreas y total de 60.695,8546 hectáreas, correspondiendo a los enclavados 1.946,5488 hectáreas.

A la Mancomunidad propietaria del monte n.º 138, le corresponde una superficie pública y total de 558,3000 hectáreas.

- Catálogo de Ciudad Real: A Entidades Locales le corresponden 47 montes, siendo 13 Entidades las que poseen un solo monte, 2 entidades que tienen cada una dos montes, 1 Entidad que tiene tres montes, 1 Entidad con cuatro montes, otra Entidad que tiene cinco montes y 2 Entidades con 9 montes cada una. La superficie pública de estas Entidades es de 58.056,1892 hectáreas y la total de 58.901,8397 hectáreas, correspondiendo a los enclavados 845,6505 hectáreas.

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha tiene 40 montes, con una superficie pública de 35.356,7854 hectáreas y total de 35.597,8620 hectáreas, correspondiendo a los enclavados 241,0766 hectáreas.

- Catálogo de Cuenca: A Entidades Locales le corresponden 234 montes, teniendo tres de ellos agrupados en uno solo (Montes n.º 140, 141 y 137), y siendo 50 Entidades las que poseen un solo monte, 28 entidades que tienen cada una dos montes, 12 Entidades que tienen tres montes, 7 Entidades con cuatro montes cada una, 5 Entidades que tienen cinco montes, 2 Entidades con 6 montes, 1 Entidad que tiene veinticuatro montes y 3 montes que pertenecen a dos entidades cada uno de ellos. La superficie pública de estas Entidades es de 197.245,6108 hectáreas y la total de 209.339,2627 hectáreas, correspondiendo a los enclavados 12.093,6519 hectáreas.

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha tiene 44 montes, teniendo dos de ellos agrupados en uno solo (Montes n.º 21 y 22), con una superficie pública de 23.746,7825 hectáreas y total de 24.326,7422 hectáreas, correspondiendo a los enclavados 579,9597 hectáreas.

A las Mancomunidades propietarias de los montes n.º 212 y 242 le corresponde una superficie pública y total de 2.659,1750 hectáreas.

Al Coto Social propietario del monte n.º 224 le corresponde una superficie pública y total de 3.190,4500 hectáreas.

A las Entidades Benéficas propietarias de los montes n.º 214, 215 y 216 les corresponde una superficie pública de 1.764,6523 hectáreas y total de 1.771,5750 hectáreas, siendo la superficie enclavada de 6,9227 hectáreas.

El Estado, en su Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, es propietario del Monte n.º 256, al que le corresponde una superficie pública y total de 2.178,2314 hectáreas.

- Catálogo de Guadalajara: A Entidades Locales le corresponden 279 montes, teniendo seis de ellos agrupados a otros seis (Montes n.º 121 y 122; 144 y 147; 160 y 161; 168 y 169; 185 y 186; 197 y 199), siendo 80 Entidades las que poseen un solo monte, 30 Entidades que tienen cada una dos montes, 7 Entidades que tienen tres montes, 9 Entidades con cuatro montes cada una, 5 Entidades que tienen cinco montes, 2 Entidades con 6 montes, 2 Entidades con siete montes, 3 Entidades que tienen 8 montes cada una y 1 montes que pertenece a tres entidades. La superficie pública de estas Entidades es de 167.059,7342 hectáreas y la total de 172.738,9660 hectáreas, correspondiendo a los enclavados 5.679,2318 hectáreas.

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha tiene 49 montes, con una superficie pública de 45.306,6262 hectáreas y total de 46.063,7168 hectáreas, correspondiendo a los enclavados 757,0906 hectáreas.

A la Comunidad del Real Señorío de Molina, propietaria de los montes n.º 112, 134, 142, 185 y 190, le corresponde una superficie pública de 11.387,0575 hectáreas y total de 13.693,9100 hectáreas, siendo la superficie enclavada de 2.306,8525 hectáreas.

A la Entidad Benéfica propietaria del monte n.º 232, le corresponde una superficie pública y total de 2.731,1001 hectáreas.

- Catálogo de Toledo: A Entidades Locales le corresponden 56 montes, siendo 33 Entidades las que poseen un solo monte, 7 entidades que tienen cada una dos montes y 3 Entidades que tienen tres montes. La superficie pública de estas Entidades es de 63.066,8545 hectáreas y la total de 69.044,0197 hectáreas, correspondiendo a los enclavados 5.977,1652 hectáreas.

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha tiene 19 montes, con una superficie pública y total de 7.314,8665 hectáreas.

El Estado, en su Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, es propietario del Monte n.º 1, con una superficie pública de 6.864,1000 hectáreas y total de 6.948,2800 hectáreas, siendo la superficie enclavada de 84,1800 hectáreas.

Tercero.- Los Catálogos de Montes de Utilidad Pública de las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo quedan constituidos en Toledo, dependiendo de la Consejería de Agricultura, depositados en su Dirección General de Montes y Espacios Naturales, la cual procederá cada dos años a la actualización y revisión de los mismos.

Cuarto.- Todas las alteraciones, así como inclusiones, como consecuencia bien de decisiones judiciales o administrativas, son de conocimiento de las Entidades y particulares interesados.

No obstante, con el fin de que esta actualización tenga la adecuada publicidad, tengo a bien que se inserte la presente Resolución en el DOCM, con su Anexo, en el que constan las variaciones introducidas.

Anexos

Omitidos.

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