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Una suerte de 'cadena perpetua' revisable; por Ricardo Ruiz de la Serna, abogado

27/08/2012
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El día 25 de agosto de 2012, se ha publicado en el diario El Mundo, un artículo de Ricardo Ruiz, en el cual el autor opina sobre la pena impuesta a Breivik.

UNA SUERTE DE 'CADENA PERPETUA' REVISABLE

El tribunal que ha juzgado al terrorista Breivik le ha impuesto la pena máxima que prevé el Derecho noruego por las muertes de 77 personas en 2011. Además, quedará sometido al régimen especial de custodia: su situación se revisará cada cinco años de modo que su encierro podría prolongarse más allá del tiempo fijado si el terrorista continúa siendo un peligro para la sociedad. En el mejor de los casos para el terrorista, pasará encerrado 10 años. Su condena es de un máximo de 21 años prorrogables. Tal vez no vuelva a salir libre.

Si comparamos la pena con la gravedad de los delitos cometidos, las víctimas causadas y el inexistente arrepentimiento, parece que el castigo es mínimo. Breivik se ha enorgullecido de sus crímenes y ha pedido perdón por no haber matado a más personas. Sin embargo, las víctimas -o al menos algunas de ellas- han expresado satisfacción con el fallo.

Hay varios puntos que merecen una reflexión. En primer lugar, la investigación y el enjuiciamiento han sido rápidos. A Breivik lo ha condenado un tribunal compuesto por dos magistrados profesionales, un maestro, un jubilado y un funcionario. En Noruega se considera que la intervención de ciudadanos no juristas como complemento de los magistrados añade sentido común a las decisiones. En algo más de un año hay una primera sentencia que podría ser firme si ninguna parte recurre en el plazo de 14 días.

Además se han depurado otras responsabilidades. El jefe de policía de Noruega dimitió tras un informe crítico con la actuación policial en relación con los atentados y, especialmente, con los fallos que impidieron la detención de Breivik antes del 22 de julio de 2011.

Por otra parte, el debate jurídico sobre la inimputabilidad se ha centrado no sólo en los aspectos médicos sino en todo el comportamiento de Breivik. Se ha tomado declaración no sólo a los peritos sino también a los trabajadores de la cárcel y a otras personas que han estado en contacto con él. Así se ha indagado sobre la verdadera naturaleza de los trastornos del terrorista con la conclusión conocida: será un trastornado pero es responsable.

Además, la pena mínima de 10 años no tiene redención posible a través de trabajos sociales ni comunitarios. Podrá cumplir hasta 21 años de prisión o incluso más. Cabe incluso que le sea prorrogada cada cinco años la reclusión de modo que pase el resto de su vida en la cárcel. Si recordamos los casos de terroristas de ETA que redimieron condena con trabajos y estudios sospechosos, veremos la importancia del rigor en este punto.

A lo anterior se añade que -al no estar en una institución psiquiátrica- las víctimas no tendrán que pasar por el trago de reexaminar, cada tres años, si Breivik puede o no salir en libertad por haberse curado de sus trastornos.

Por fin, la condena puede suponer, de hecho, que Breivik no vuelva a salir libre. Se ha jactado de sus crímenes, ha hecho ostentación de su ideología racista. Ha despreciado a las víctimas. Se ha burlado del sistema democrático y de las garantías que éste le daba como acusado. Jamás se ha arrepentido. Tiene, al parecer, intención de escribir su autobiografía en prisión. Parece improbable que las revisiones de la condena le vayan a suponer una reducción del tiempo de cumplimiento.

En España, con nuestro Código Penal, la condena habría sido más severa en años de prisión pero no cabría la prórroga que lo pudiera tener encerrado toda la vida. De hecho, en Noruega, puede acabar cumpliendo una especie de cadena perpetua revisable similar a la que se quiere introducir en nuestro país para ciertos delitos. La condena puede parecer poco pero ojalá termine siendo mucho.

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