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Productos de renovación del acabado de vehículos

30/07/2012
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Orden PRE/1665/2012, de 19 de julio, por la que se modifica el anexo III del Real Decreto 227/2006, de 24 de febrero, por el que se complementa el régimen jurídico sobre la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles en determinadas pinturas y barnices y en productos de renovación del acabado de vehículos (BOE de 28 de julio de 2012). Texto completo.

ORDEN PRE/1665/2012, DE 19 DE JULIO, POR LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO III DEL REAL DECRETO 227/2006, DE 24 DE FEBRERO, POR EL QUE SE COMPLEMENTA EL RÉGIMEN JURÍDICO SOBRE LA LIMITACIÓN DE LAS EMISIONES DE COMPUESTOS ORGÁNICOS VOLÁTILES EN DETERMINADAS PINTURAS Y BARNICES Y EN PRODUCTOS DE RENOVACIÓN DEL ACABADO DE VEHÍCULOS.

La Directiva 2004/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, relativa a la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles (COV) debidas al uso de disolventes orgánicos en determinadas pinturas y barnices y en los productos de renovación del acabado de vehículos, por la que se modifica la Directiva 1999/13/CE Vínculo a legislación, tiene como objetivo básico limitar el contenido total de Compuestos Orgánicos Volátiles (COV) de determinadas pinturas, barnices y productos de renovación del acabado de vehículos. Para ello se establecen unos niveles máximos de COV que pueden contener los productos afectados por esta normativa para poder ser comercializados dentro de los territorios de los Estados miembros.

Para verificar que se cumplen los contenidos máximos de COV, la norma establece en su anexo III los métodos de análisis. A su vez el artículo 11 contempla la obligación por parte de la Comisión de adaptar dicho anexo al progreso técnico.

Esta Directiva se incorporó al ordenamiento jurídico español mediante el Real Decreto 227/2006, de 24 de febrero Vínculo a legislación, por el que se complementa el régimen jurídico sobre la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles en determinadas pinturas y barnices y en productos de renovación del acabado de vehículos.

El pasado 20 de noviembre de 2010, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la Directiva 2010/79/UE de la Comisión, de 19 de noviembre de 2010, sobre la adaptación al progreso técnico del anexo III de la Directiva 2004/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo. Mediante esta Directiva se sustituye el anexo III de la Directiva 2004/42/CE.

Con el objeto de dar cumplimiento sus obligaciones, se aprueba la presente Orden Ministerial, mediante la cual se transpone la Directiva 2010/79/UE al ordenamiento jurídico español, y se sustituye el anexo III del Real Decreto 227/2006, de 24 de febrero Vínculo a legislación, para su adaptación al progreso técnico.

Esta orden se dicta al amparo de la habilitación prevista en el apartado segundo de la disposición final tercera del Real Decreto 227/2006, de 24 de febrero Vínculo a legislación, que faculta, entre otros, al Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, para introducir, en sus anexos cuantas modificaciones de carácter técnico fueran precisas para mantenerlo adaptado a las innovaciones que se produzcan en lo dispuesto por la normativa comunitaria.

En la tramitación de esta orden han sido consultadas las Comunidades Autónomas y las entidades representativas de los sectores afectados; asimismo ha sido sometida al trámite de información pública y ha sido remitida al Consejo Asesor de Medio Ambiente, en aplicación de las previsiones de la Ley 27/2006, de 18 de julio Vínculo a legislación, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, del Ministro de Industria, Energía y Turismo y de la Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de acuerdo con el Consejo de Estado, dispongo:

Artículo único. Modificación del anexo III Real Decreto 227/2006, de 24 de febrero Vínculo a legislación, por el que se complementa el régimen jurídico sobre la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles en determinadas pinturas y barnices y en productos de renovación del acabado de vehículos.

El anexo III del Real Decreto 227/2006, de 24 de febrero Vínculo a legislación, por el que se complementa el régimen jurídico sobre la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles en determinadas pinturas y barnices y en productos de renovación del acabado de vehículos, se sustituye por el anexo de la presente orden.

Disposición final primera. Incorporación de derecho de la Unión Europea.

Mediante esta orden se incorpora al derecho español la Directiva 2010/79/UE de la Comisión, de 19 de noviembre de 2010, sobre la adaptación al progreso técnico del anexo III de la Directiva 2004/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

ANEXO

Omitido.

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