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ERES

La Audiencia de Sevilla mantiene la fianza de 450.000 euros al exconsejero de Empleo imputado en el caso ERE

20/07/2012
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La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha rechazado el escrito presentado por el abogado del exconsejero de Empleo de la Junta de Andalucía Antonio Fernández, imputado en la causa de los ERE fraudulentos y que permanece desde el 24 de abril en la cárcel de Morón de la Frontera (Sevilla), para que se rebajase el importe de la fianza de 450.000 euros en metálico fijada para su puesta en libertad.

SEVILLA, 19 (EUROPA PRESS)

En este sentido, fuentes del caso han informado a Europa Press de que, en un auto que se estaba notificando a las partes en la mañana de este jueves, la Audiencia Provincial de Sevilla inadmite a trámite la solicitud formulada por el letrado de Fernández, Alfonso Martínez del Hoyo, y mantiene en consecuencia el importe de la fianza en 450.000 euros a pagar en metálico.

Antes de solicitar la rebaja de la fianza, el abogado del exconsejero de Empleo señaló que la cantidad de la fianza "es desorbitada" y "se encuentra fuera de las posibilidades económicas" del propio Fernández y "de su círculo de parientes y amigos".

En un comunicado remitido a los medios, el abogado ya dijo que la fianza fijada "es muy elevada y supera ampliamente la capacidad económica" del imputado, "así como los márgenes que habíamos previsto y para lo que, con ayuda de su círculo de parientes y amigos, estábamos preparados".

Asimismo, afirmó que "no podemos albergar satisfacción ni alborozo de ninguna clase" ante la decisión de la Audiencia Provincial, ya que el exconsejero de Empleo "nunca debió ingresar en prisión".

En el auto donde la Audiencia Provincial fijaba la libertad bajo fianza, consideraba que la medida privativa de libertad "debe ser atenuada", ya que tanto el riesgo de fuga como el de la posibilidad de que obstruya la instrucción "no pueden desconocer lo que los datos objetivos apuntan, esto es, que si hubiese sido intención del imputado eludir la acción judicial u obstruir la instrucción, tiempo ha tenido para hacerlo".

Al hilo de ello, señala que, desde que recibió el burofax con su imputación a las 10,00 horas del 14 de marzo de 2011 hasta su declaración el 20 de abril de 2012, "han transcurrido 13 meses, tiempo más que suficiente para, estando su defensa personada y siendo conocedora del avance de la instrucción, hubiera podido eludir la acción judicial, como puedo hacerlo una vez conocida la imputación, pues la toma de declaración duró cuatro días y fue conocedor desde el primero de ellos de los concretos hechos e infracciones penales que se le atribuían".

"Este dato no ha sido valorado en sus justos términos y es sin duda relevante", subraya la Audiencia, quien concluye que, por tanto, "no podemos aceptar que el riesgo de fuga en este caso sea motivo que justifique la permanencia de la situación de prisión".

Sobre la posible obstrucción de las actuaciones a la que alude la juez Alaya por la influencia del exconsejero en imputados o testigos, la Audiencia señala que "tampoco puede ser argumento que justifique la prisión, pues estimamos que la influencia que pudiera ejercer el imputado, de querer hacerlo, no se conjuraría con la privación de libertad".

FIANZA "PROPORCIONADA" A LAS CIRCUNSTANCIAS DEL CASO

Así, señala que el imputado "se encuentra desvinculado de cargos políticos desde que abandonara" la Consejería de Empleo, aunque "desconocemos si, a día de hoy, permanecen en puestos decisorios de tal Consejería personas de su etapa al frente, e ignoramos el grado de influencia que pudiera conservar, apartado de la actividad política y dada su situación en la causa".

No obstante, prosigue, "consideramos que la gravedad de los hechos en los que se encuentra inmerso y la necesidad de asegurar su sujeción a la causa penal justifica que la modificación de su situación personal se condicione a severas cautelas que aseguren su disponibilidad y que serán de naturaleza económica y personal", aunque considera que "la extraordinaria cuantía de la malversación en que en principio se encuentra incurso --la juez ha fijado una fianza civil de 807 millones-- no puede servirnos exclusivamente de parámetro para fijar la cuantía de la fianza personal, que haría ilusoria cualquier posibilidad de elusión de la privación de libertad".

Además, "no contamos con datos relativos a la situación patrimonial del imputado", aunque "ha permanecido en cargos públicos de alta responsabilidad durante más de una década con las remuneraciones consiguientes", por lo que, "con tales datos, estimamos adecuada fijar una fianza de 450.000 euros, suma proporcionada a las circunstancias del caso".

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