Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 19/07/2012
 
 

Reglamento de la Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación

19/07/2012
Compartir: 

Acuerdo de 21 de junio de 2012, del Consejo de Gobierno de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por el que se aprueba el Reglamento de la Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación. (BOPV de 18 de julio de 2012) Texto completo.

ACUERDO DE 21 DE JUNIO DE 2012, DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO / EUSKAL HERRIKO UNIBERTSITATEA, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN.

Preámbulo

El Consejo de Gobierno de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, aprobó por Acuerdo de 23 de febrero de 2012 el Reglamento Marco de Centros dando cumplimiento al calendario de revisión de la normativa de desarrollo aprobado en Consejo de Gobierno de 23 de junio de 2011.

El Reglamento Marco se configura como una normativa básica sobre la que los Centros pueden disponer respecto de aquellas cuestiones expresamente llamados a regular, garantizándose así su autonomía organizativa.

La Disposición Transitoria Segunda del Reglamento Marco de centros otorgaba un plazo de seis meses desde su entrada en vigor para que los Centros adaptasen sus reglamentos a lo establecido en el mismo.

La Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación, acogiéndose a esta normativa, procedió a aprobar en la sesión de Junta de Centro de fecha 7 de junio de 2012 la adaptación del Reglamento de Centro al nuevo Reglamento Marco.

Por todo ello, a propuesta de la Secretaria General, el Consejo de Gobierno

ACUERDA

Primero.- Aprobar Reglamento de la Facultad de Filosofía y Ciencias de la Educación.

Segundo.- Ordenar su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.- El Reglamento de la Facultad Filosofía y Ciencias de la Educación entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

REGLAMENTO DE LA FACULTAD DE FILOSOFÍA Y CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN DE LA UPV/EHU

Artículo 1.- Concordancia con el artículo 9.2 del Reglamento Marco de Centros.

2.- El número de personas miembro electas en la Junta de Centro será de 30 de acuerdo con el siguiente porcentaje de distribución entre los distintos sectores universitarios:

Ï% Personal docente e investigador con vinculación permanente a la Universidad: 60%.

Ï% Otro personal docente e investigador: 4%.

Ï% Estudiantes: 22%.

Ï% Personal de Administración y Servicios: 14%.

Artículo 2.- Concordancia con el artículo 14 del Reglamento Marco de Centros.

Existe una Comisión de Euskera que se constituye en órgano de participación, consulta y asesoramiento, cuya finalidad es impulsar el uso del euskera dentro de la planificación general de la UPV/EHU, participando en la planificación y el seguimiento de la oferta docente en euskera y promoviendo a su vez diferentes actividades de proyección universitaria o de formación. Estará compuesta por la Decana o Decano o persona en quien delegue, que la preside, un representante del personal docente e investigador por cada titulación que se imparta en el centro, dos representantes del alumnado y un representante del personal de administración y servicios, procurando la presencia equilibrada de mujeres y hombres, y sin que sea necesario ser miembro de la Junta de Centro para poder formar parte de la misma.

Artículo 3.- Comisión de Igualdad. Concordancia con el artículo 5.2.l) del Reglamento Marco de Centros.

Al efecto de desarrollar la previsión recogida en el artículo 5.2.l) del Reglamento Marco sobre igualdad de género se crea la Comisión de Igualdad que asumirá las funciones relativas a esta materia que correspondan al centro de acuerdo a la normativa vigente aplicable en cada momento. Dicha comisión estará compuesta por la Decana o Decano o persona en quien delegue, que la preside, un representante del personal docente e investigador por cada titulación que se imparta en el centro, dos representantes del alumnado y un representante del personal de administración y servicios, procurando la presencia equilibrada de mujeres y hombres, y sin que sea necesario ser miembro de la Junta de Centro para poder formar parte de la misma.

Artículo 4.- Elección de Decana o Decano. Concordancia con el artículo 24.3 del Reglamento Marco de Centros.

3.- La Decana o el Decano será elegido mediante sufragio universal ponderado según lo dispuesto en el Reglamento de Régimen Electoral General de la UPV/EHU, elección para la cual se admitirá el depósito de voto regulado en el artículo 7 de dicho reglamento. La condición de candidato se manifestará formalmente a través de un escrito de la persona interesada dirigido al órgano correspondiente sin necesidad de un número determinado de avales de los miembros de la Junta de Centro. La presentación de las candidaturas irá acompañada de la estructura del equipo de gobierno que se propone y su programa.

Artículo 5.- Concordancia con el artículo 17.1 del Reglamento Marco de Centros.

La condición de miembro del órgano colegiado es personal e intransferible, perdiéndose por las causas recogidas en el artículo 166 de los Estatutos. Será de aplicación la causa de pérdida de la condición por inasistencia injustificada a las sesiones del órgano en el caso de cinco sesiones consecutivas u ocho alternas.

Artículo 6.- Concordancia con el artículo 19.1 del Reglamento Marco de Centros.

El órgano colegiado quedará válidamente constituido en primera convocatoria, con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y, en segunda convocatoria, con la presencia de al menos la tercera parte de sus miembros. Entre la primera y la segunda convocatoria deberá mediar un plazo de quince minutos.

Artículo 7.- Tribunales de Calificación.

En los supuestos en que sea necesaria la intervención de un Tribunal de 1.ª a 4.ª convocatoria de acuerdo con la normativa que regula la evaluación del alumnado, actuarán los Tribunales de calificación de 5.ª a 6.ª convocatoria.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana