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  • EDICIÓN DE 27/06/2012
 
 

Caso Voltor

El exconsejero de turismo balear Francesc Buils, condenado a tres años de cárcel por malversación y prevaricación

27/06/2012
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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares ha condenado al exconsejero de Turismo, Francesc Buils, a tres años de cárcel por los delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos ejecutados en continuidad delictiva, en el marco de la pieza número 4 del Caso Voltor, por gratificar con 15.000 euros al exalcalde de Sóller y empresario Antoni Arbona, a quien favoreció con dos expedientes de contratación creados 'ad hoc' desde el Instituto de Estrategia Turística (Inestur) para beneficiarle.

PALMA DE MALLORCA, 25 (EUROPA PRESS)

Asimismo, condena a Arbona a un año de prisión e inhabilitación absoluta por tiempo de dos años por el delito de malversación, si bien sustituye la pena privativa de libertad por la de dos años de multa con una cuota diaria de seis euros (4.380 euros).

Al mismo tiempo, condena al exgerente del Inestur Antonio Oliver a la pena de un año y medio de prisión e inhabilitación absoluta por el mismo tiempo por dos delitos de malversación de caudales públicos, en relación de concurso medial y ejecutados en grado de continuidad delictiva, concurriendo la circunstancia atenuante de colaboración.

No obstante, sustituye esta pena por la de tres años de multa con una cuota diaria de seis euros (6.570 euros), al tiempo que se le impone la pena de inhabilitación especial para todo empleo o cargo público por tiempo de 21 meses por el delito de prevaricación.

Finalmente, condena al exjefe del área de Imet en el Inestur Antonio Rebassa a las penas de cuatro años y medio de cárcel por el delito de malversación de caudales públicos y la de inhabilitación absoluta por un tiempo de ocho años, mientras que le condena por el delito de prevaricación a la pena de inhabilitación especial para todo empleo o cargo público por tiempo de ocho años y medio.

Asimismo, la sentencia sostiene que el Inestur deberá ser indemnizado con 15.000 euros, que ya ha sido consignada a su favor por el acusado Antonio Arbona.

Se trata de la primera condena en el marco del caso Voltor, cuya operación policial, que estalló a principios de 2010 con la detención de varios exaltos cargos de UM, provocó una crisis sin precedentes en el Ejecutivo autonómico, cuyo entonces presidente, Francesc Antich, decidió expulsar a todos los cargos ejecutivos de esta formación de las principales instituciones de las islas, rompiendo así el pacto de gobernabilidad firmado con los uemitas en 2007, lo que le llevó a gobernar en minoría.

La sentencia, contra la que cabe presentar un recurso de casación en el plazo de cinco días, considera probado que Buils favoreció a Arbona con 15.000 euros procedentes de fondos públicos, con el fin de que éste influyera positivamente a su favor y de su corriente en el Congreso de UM para que obtuvieran respaldo los candidatos al Consejo Político que eran de su misma tendencia.

Así, señala que Arbona estuvo de acuerdo en cobrar los citados 15.000 euros y, como no era posible recibirlos sin justificación de pago, Buils planeó que se hiciera simulando su contratación a cargo del organismo autónomo, denominado Instituto de Estrategia Turística (Inestur) del que el exconsejero de Turismo era su presidente, so pretexto de que el exprimer edil de Sóller había realizado e iba a realizar labores de asesoramiento que eran del todo punto "innecesarias".

En esta línea, la sentencia sostiene que eran "innecesarias", debido a que al ser el Inestur un organismo autónomo y no estar adscrito al mismo funcionarios de carrera que pudieran poner impedimentos a la contratación y ser sus responsables miembros de UM, resultaría "mucho más fácil lograr dicho propósito".

Para ello, indica que se acordó que Arbona debería de hacer como contraprestación algún tipo de servicio, por intrascedente que fuera y sin utilidad alguna, para conceder justificación a los 15.000 euros y otorgar apariencia de legalidad a la entrega gratuita de fondos públicos.

Así, y conforme a las instrucciones impartidas por Buils, se decidió crear dentro del área de IMET (Inversiones para la Mejora del Entorno Turístico), de la que era su jefe el acusado Antonio Rebassa, dos expedientes de contratación, uno en el 2007, por importe de 2.999,76 euros y otro en el año 2008 por valor de 12.000 euros, ya que no era posible realizar un solo pago de 15.000 euros en el 2007 sin incumplir la entonces vigente normativa de contratos.

La sentencia apunta que ejecutado el plan diseñado por Buils en 2007, Arbona presentó para su cobro en el Inestur una factura de 2.999,76 euros, que fue íntegramente confeccionada por el empleado del Inestur, adscrito a Imet, que actuó por orden directa del gerente Antonio Oliver y el concepto por el que se libraba era el de 'Trabajos de coordinación y asesoramiento en senderismo en la Serra de Tramuntana, oferta cultural y de naturaleza con el objeto de buena oferta turística'.

En esta línea, señala que la factura fue presentada sin que se hubiera justificado la realización de trabajo alguno, no estaba soportada en expediente de contratación ni en resolución que aprobase dicho pago y su importe fue abonado por Antonio Oliver siguiendo las instrucciones de Buils en una cuenta de la que era titular Antonio Arbona.

La setencia añade que del libramiento de la citada factura era también conocedor el acusado y jefe del área de Imet en el Inestur Antonio Rebassa Roselló, al igual que los otros integrantes de UM, quien aunque no intervino en su pago, ni dio la orden para que fuera elaborada, "podía y debía de haber propuesto que no fuera satisfecha, puesto que era conocedor de que la misma no remuneraba servicio alguno, pero no lo hizo al saber que Oliver estaba cumpliendo las instrucciones dadas por el exconsejero de Turismo y que a él y al director gerente les había transmitido en persona el vicepresidente del Inestur Santiago Balaguer.

"Todo ello evidenciaba claramente que la orden de pago dada por Buils y autorizada por Oliver era abiertamente ilegal y arbitraria y pese a ello, escudándose el gerente y el jefe de área en que se trataba de un pago ordenado por el propio consejero de Turismo, dicho pago se verificó sin que uno ni otro pusieran reparo de ninguna clase, a pesar de que legalmente ambos tenían facultades y posibilidades para oponerse", explica.

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