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Cuatro jueces del TS dicen que Dívar pudo cometer malversación y denuncian la "opacidad" de sus viajes

25/06/2012
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Critican el sistema de control del CGPJ mientras dos de ellos destacan que el expresidente comía siempre con la misma persona

MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

Un total de cuatro magistrados del Tribunal Supremo han destacado la existencia de indicios de que el hasta ayer presidente del alto tribunal Carlos Dívar pudo incurrir en la comisión de un delito durante los viajes realizados en los últimos tres años y han criticado la "opacidad" que envuelve estos desplazamientos.

Los magistrados Joaquín Giménez, José Manuel Maza, Alberto Jorge Barreiro y Perfecto Andrés Ibáñez se opusieron mediante la redacción de votos particulares al auto por el que el Pleno de la Sala de lo Penal rechazó admitir a trámite una querella presentada contra Dívar por la Asociación Preeminencia del Derecho.

En ellos, Maza llega a asegurar que existen indicios de que Dívar pudo cometer un delito de malversación, tipificado en el artículo 433 del Código Penal y destaca la existencia de datos "que hacen abrigar de forma suficientemente consistente la posibilidad de que los gastos se correspondían a actividades ajenas a la función propia de la autoridad".

También Jorge se refiere al delito de malversación y sostiene que puede hablarse de ella porque "los gastos realizados con fines aparentemente privados sí suponían un beneficio económico para el querellado".

Por su parte el magistrado Joaquín Giménez considera que la información recabada sobre los viajes realizados Dívar proyecta no sólo "una sospecha" sino "una probabilidad" de que incurriera en un desvío de fondos oficiales para financiar sus viajes privados.

Andrés se refiere a que los datos sobre la actuación de Dívar "presentan una clara apariencia de delito" que tiene como soporte "una documentación de fuente oficial muy elocuente y dotada de notable fiabilidad".

ESCENARIO DE OPACIDAD

Giménez incide en la "total falta de explicación plausible del gasto" reseñada por Dívar y agrega que sus desplazamientos realizados pintan "un escenario de opacidad" que "exige" una investigación por parte del Supremo.

Los votos particulares incluyen también una crítica al sistema de control del CGPJ que permite que no se reseñe el motivo de los viajes de sus integrantes. Así, Giménez cuestiona la actuación de los órganos de intervención del CGPJ que --dice-- blindan toda investigación y se pregunta: "¿dónde queda el principio de transparencia presupuestaria?". Agrega que la sospecha de que "otros miembros del Consejo" hayan incurrido en "situaciones de semejante laxitud" no es argumento para impedir la apertura de una investigación.

EL CGPJ FACILITA DESTINAR FONDOS PUBLICOS A GASTOS PRIVADOS

En su opinión el acuerdo del CGPJ de septiembre de 1996 que regula los gastos "facilita extraordinariamente" que se destinen fondos públicos a atenciones privadas. Pone también de manifiesto que la documentación remitida a la Fiscalía por el CGPJ sobre los viajes del hasta ayer presidente quedaba patente que en ninguno de los casos Dívar expresó por escrito el motivo de sus desplazamientos, es decir, no detalló que actividad los había provocado.

En la misma línea que su compañero Giménez, Maza asegura que "la no necesidad de justificar el motivo del viaje" --en cumplimiento de los usos del CGPJ-- no puede constituir "autorización para que se convierta en la aplicación de fondos públicos para satisfacer gastos privados". Denuncia "el régimen opaco" del Consejo y reclama que se envíe "un mensaje general del rigor con el que ha de producirse cualquier disposición de dinero público".

CLAUSULA DE AUTOBLINDAJE QUE IMPIDE EL CONTROL

Jorge también hace referencia a esta normativa y asegura que opera "como una especie de 'claúsula de autoblindaje' que impide o cercena el control del uso de los fondos públicos que hacen los representantes del Poder Judicial", pero que "no puede, sin embargo, bloquear una investigación penal cuando concurren indicios delictivos".

"En efecto, la falta de transparencia que genera un acuerdo de esa índole no puede afectar a las investigaciones judiciales de hechos delictivos. Tan es así que el propio CGPJ ha estimado excesivas la oscuridad y el descontrol que genera una resolución de esa naturaleza, según se constata en el nuevo Plan de transparencia", indica.

Jorge menciona incluso de la sentencia del Supremo que ordenó desclasificar los "papeles del CESID" a petición del juez Baltasar Garzón y dice que si entonces las normas sobre secretos oficiales "cedieron" ante una investigación judicial, también debe ocurrir así ahora, "máxime si el acuerdo resulta cuestionado por los propios miembros del CGPJ debido a la opacidad que genera en el control del uso y destino de los caudales públicos".

Por su parte Andrés habla del peligro de crear "un atípico fuero excepcional y superprivilegiado" que rija sólo para las autoridades y que transmuta la naturaleza pública de los fondos "en un recurso apropiable, de libre disposición".

SIEMPRE LA MISMA PERSONA

Dos de los magistrados reflejan, además, en sus votos su sospecha de que los supuestos viajes oficiales tuvieran un tinte personal dado que todo parece apuntar a que Dívar comía siempre con la misma persona.

Así, Maza se refiere a que los viajes del expresidente se producían de forma reiterada a un mismo lugar (Marbella y sus alrededores). Destaca también que los desplazamientos se prolongaban cuatro o cinco días y que los gastos consignados correspondían a consumos en establecimientos de restauración y presentaban "una persistente similitud en las consumiciones" lo que indica que los desembolsos "podrían referirse a gastos producidos por las mismas dos personas".

"Resulta por ello difícil de entender que se tuviera que celebrar tan reiterados encuentros con la misma persona para tratar asuntos de carácter oficial", dice el magistrado que indica que según dos documentos unidos al expediente "el otro comensal" era "una persona del servicio de seguridad" del propio Dívar.

Opinión similar refleja Alberto Jorge Barreiro que señalaque "la mayoría de las facturas de los restaurantes están referidas solo a dos comensales, aparentando por la repetición de consumiciones que se trata de las mismas personas y no de actuaciones protocolarias con diferentes autoridades que residen en la zona".

Sobre la cuantía de los gastos en los que incurrió Dívar --28.000 euros--, Jorge recuerda que se han dictado condenas por prevaricación por cantidades de 3.000 euros, aunque admite que el presidente del CGPJ se pueda sentir "personalmente discriminado" o "chivo expiatorio de intereses cruzados ajenos a su persona", porque en otros casos similares no se hayan denunciado los hechos.

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