Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 01/06/2012
 
 

Enmienda de CiU en el Congreso

Las parejas que se separen o divorcien no tendrán que acudir a un segundo procedimiento para liquidar sus bienes comunes

01/06/2012
Compartir: 

La Comisión de Justicia del Congreso ha aprobado este jueves, en el proyecto de Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles, un cambio legal que permitirá acumular en los procesos de separación, divorcio o nulidad la liquidación de los bienes en común, sin tener que recurrir a otro procedimiento independiente.

MADRID, 31 (EUROPA PRESS)

Se trata de una enmienda que modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil y que, según explica la diputada nacionalista Mercè Pigem, impulsora de la iniciativa, permitirá a los cónyuges casados en un régimen distinto al de gananciales dividir sus bienes comunes acumulando dicha liquidación a los procedimientos de divorcio, separación o nulidad matrimonial.

La responsable de Justicia de CiU en el Congreso ha afirmado que esta reforma afectará positivamente a los juzgados en la medida en que evita la "multiplicidad" de procedimientos pero también a las propias parejas, que podrán resolver su situación patrimonial en un único procedimiento.

La diputada de CiU ha explicado que se resuelve así la situación creada tras la sentencia dictada el 16 de febrero por el Tribunal Constitucional que declaraba inconstitucional la Ley de Código Civil de Cataluña. Esta norma posibilitaba acumular a los citados procedimientos de divorcio, separación o nulidad matrimonial, en régimen distinto de gananciales, la liquidación de aquellos bienes compartidos.

Pigem ha puntualizado que el alto tribunal declaró inconstitucional, no tanto el objeto de la Ley catalana, sino que entendía que esta norma excedía competencias e invadía las estatales en materia de legislación procesal.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana