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Evaluación de diagnóstico de las competencias básicas para el año académico 2011-2012

16/05/2012
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Resolución de 3 de mayo de 2012, por la que se dictan instrucciones para el desarrollo de la evaluación de diagnóstico de las competencias básicas para el año académico 2011-2012, en la Comunidad Autónoma de Cantabria. (BOCA de 14 de 2012) Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 3 DE MAYO DE 2012, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA EL DESARROLLO DE LA EVALUACIÓN DE DIAGNÓSTICO DE LAS COMPETENCIAS BÁSICAS PARA EL AÑO ACADÉMICO 2011-2012, EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo Vínculo a legislación, de Educación, establece en sus artículos 21 y 29, que al finalizar el segundo ciclo de educación primaria y el segundo curso de la educación secundaria obligatoria, todos los centros realizarán una evaluación de diagnóstico de las competencias básicas alcanzadas por sus alumnos. Esta evaluación es competencia de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte y tendrá carácter formativo y orientador para los centros e informativo para las familias y para el conjunto de la comunidad educativa. Estas evaluaciones tendrán como marco de referencia las evaluaciones generales de diagnóstico que se establecen en el artículo 144, apartado 1 de la citada Ley.

La Ley 6/2008, de 26 de diciembre Vínculo a legislación, de Educación de Cantabria, señala, en su artículo 148, apartado 2, que la Consejería de Educación, Cultura y Deporte desarrollará y controlará, en el marco de sus competencias, las evaluaciones de diagnóstico y proporcionará los modelos y apoyos pertinentes para que todos los centros dependientes de ella puedan llevar a cabo estas evaluaciones de modo adecuado. Dichas evaluaciones tendrán carácter formativo e interno.

Asimismo, en su artículo 148, apartado 3, establece que la Consejería de Educación, Cultura y Deporte regulará la forma en que los resultados de estas evaluaciones de diagnóstico, así como los planes de actuación que se deriven de las mismas, deberán ser puestos en conocimiento de la comunidad educativa, y que, en ningún caso, estos resultados podrán ser utilizados para el establecimiento de clasificaciones de centros.

La Orden EDU/24/2009, de 12 de marzo, por la que se regulan las condiciones para la evaluación de diagnóstico en la Comunidad Autónoma de Cantabria, establece, entre otros aspectos, la finalidad y el carácter de la evaluación de diagnóstico, los responsables de la misma, los órganos de apoyo, así como otras previsiones para la aplicación de dicha evaluación en los centros educativos.

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas en la disposición final primera de la citada Orden EDU/24/2009, de 12 de marzo, resuelvo:

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.

1. La presente resolución tiene por objeto dictar instrucciones para el desarrollo de la evaluación de diagnóstico de las competencias básicas en 4.º curso de educación primaria y 2.º curso de educación secundaria obligatoria para el año académico 2011-2012.

2. Esta resolución será de aplicación en todos los centros educativos que impartan las etapas de educación primaria y/o educación secundaria obligatoria en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Segundo. Competencias básicas evaluadas.

En el presente curso escolar, se evaluarán las siguientes competencias básicas: competencia en comunicación lingüística en lengua castellana y en lengua inglesa, y competencia matemática.

Simultáneamente se aplicará, a una muestra de centros, una evaluación muestral externa con el objetivo de vincular nuestro modelo y métrica de estimación de competencias con un modelo que utilice parámetros en una escala internacional homologada y que permita la comparabilidad longitudinal (tiempo) y transversal (nivel) de los resultados.

Tercero. Características generales de las pruebas.

1. La Consejería de Educación, Cultura y Deporte aplicará en todos los centros educativos la evaluación de diagnóstico a los alumnos de 4.º curso de educación primaria y de 2.º curso de educación secundaria obligatoria. Dicha evaluación se realizará entre el 29 de mayo y el 8 de junio de 2012.

2. La “evaluación de las competencias básicas” se realizará mediante un instrumento de evaluación constituido por cuadernos de evaluación y que los alumnos responderán siguiendo un modelo tradicional de “formato papel” y cuatro cuestionarios de contexto que se responden vía Web y que son específicos para alumnos, tutores, profesores y directores.

3. La “evaluación muestral externa” se aplicará mediante dos pruebas online en las que se evaluará la competencia matemática y la competencia lectora. Participarán 70 grupos de Primaria y 65 grupos de Secundaria elegidos aleatoriamente entre el censo de grupos de 2.º de ESO y 4.º de Educación Primaria que participan en la evaluación de diagnóstico de las competencia básica del curso 2011/12.

4. La Consejería de Educación, Cultura y Deporte pondrá a disposición de los centros educativos una herramienta informática a la que se accederá a través del portal Educantabria (Acceso Servicios Web Educantabria-Evaluación). Así mismo, en el portal Educantabria (Planes - Evaluación) se podrá encontrar información divulgativa sobre la evaluación de diagnóstico.

5. El acceso a la plataforma online para responder a las pruebas de la evaluación muestral externa se realizará por una plataforma independiente de Educantabria, cuyo URL será comunicado a los centros por la Unidad Técnica de Evaluación y Acreditación.

6. Los directores de los centros colaborarán en la evaluación de diagnóstico, de acuerdo con lo dispuesto en esta resolución y en la normativa vigente.

Cuarto. Fases del proceso.

El proceso de la evaluación de diagnóstico tendrá las siguientes fases:

a) Verificación de los listados de alumnos y comunicación de incidencias a la Unidad Técnica de Evaluación y Acreditación.

b) Asignación de usuario y contraseña a los tutores y profesores de los grupos implicados en la evaluación de diagnóstico en la herramienta informática que pondrá la Consejería de Educación, Cultura y Deporte a disposición de los centros.

c) Selección de los aplicadores de la evaluación de diagnóstico entre el profesorado que no imparte docencia en los grupos evaluados.

d) Realización de la evaluación de contexto.

e) Aplicación de las pruebas de evaluación de diagnóstico en los centros educativos.

f) Corrección de las pruebas.

g) Tratamiento informático de los datos obtenidos en la aplicación de las pruebas y de los cuestionarios de contexto.

h) Difusión de los resultados de la evaluación a la comunidad educativa.

i) Elaboración por parte de cada centro de los planes de actuación que se deriven de los resultados de la evaluación de diagnóstico.

Quinto. Entrega de los cuadernos de evaluación a los centros.

1. La Consejería de Educación, Cultura y Deporte elaborará un cuaderno de evaluación por cada una de las competencias básicas evaluadas en cada uno de los cursos en los que se aplica la evaluación de diagnóstico, que enviará a los centros educativos entre el 24 y el 29 de mayo de 2012.

2. Si, transcurrido el plazo mencionado en el apartado anterior, algún centro educativo no hubiera recibido los cuadernos de evaluación, el director del mismo lo comunicará a la Unidad Técnica de Evaluación y Acreditación.

3. Los cuadernos serán enviados a los centros educativos en cajas precintadas, que contendrán bolsas selladas de plástico transparente en cuyo interior estarán los cuadernos, separados por competencias y etapas educativas. Para la evaluación de la competencia en comunicación lingüística en lengua castellana y en lengua inglesa, se enviarán los CDs, necesarios para evaluar la comprensión oral de los alumnos. Cada grupo de alumnos dispondrá de dos CDs, uno para lengua inglesa y otro para lengua castellana.

4. Las cajas podrán ser abiertas para verificar su contenido, pero las bolsas selladas que contienen los cuadernos de evaluación no serán abiertas hasta el momento de la aplicación de la prueba, permaneciendo bajo la custodia del director del centro educativo.

5. Los profesores encargados de aplicar las pruebas se responsabilizarán de la distribución de los cuadernos de evaluación entre el alumnado y de su posterior recogida.

Sexto. Procedimiento de aplicación de las pruebas.

1. El equipo directivo del centro educativo coordinará la aplicación de las pruebas, garantizando que se realicen conforme a lo establecido en esta resolución, y se responsabilizará de la custodia de los cuadernos de evaluación, garantizando su reserva hasta el momento de su aplicación al alumnado.

2. El equipo directivo del centro educativo adoptará las medidas organizativas que se requieran para que el alumnado realice las pruebas en las condiciones adecuadas para su correcto desarrollo.

3. En la prueba de competencia en comunicación lingüística en lengua castellana y lengua inglesa es necesario que en el aula esté disponible un reproductor de CD. El aplicador deberá verificar con antelación que dicho reproductor funciona perfectamente y que el nivel de sonido es adecuado en toda la sala.

4. La aplicación de las pruebas de competencias básicas correrá a cargo del profesorado del centro educativo que no imparta docencia en el grupo en el que se estén aplicando las mismas.

La dirección del centro designará a dicho profesorado.

5. Únicamente podrán estar presentes en el aula durante la realización de los ejercicios de la evaluación de las competencias básicas el profesor responsable de la aplicación (aplicador) y un inspector como supervisor del proceso 6. La aplicación en los centros educativos de la “evaluación muestral externa” será realizada por los Servicios Técnicos de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte y no podrá estar presente durante la misma ningún docente del centro educativo.

7. La Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa establecerá el procedimiento para la corrección de las pruebas y posterior volcado de los resultados de las mismas en la correspondiente herramienta informática.

8. La dirección de los centros educativos velará por la correcta aplicación de las pruebas, con la supervisión del Servicio de Inspección de Educación.

Séptimo. Fechas de realización de la evaluación de diagnóstico en los centros educativos.

1. Las pruebas de evaluación de diagnóstico se realizarán los días 30 y 31 de mayo de 2012 en 2.º curso de educación secundaria obligatoria y los días 5, 6 y 7 de junio de 2012 en 4.º curso de educación primaria.

2. Para la realización de las pruebas los alumnos, solamente utilizarán bolígrafo. Cada día se emplearán como máximo dos sesiones separadas por un periodo de descanso.

3. En educación primaria:

a) Día 5 de junio, martes:

1.º. Se evaluará la competencia en comunicación lingüística en lengua castellana.

2.º. La apertura de la bolsa sellada que contiene los cuadernos de evaluación de la competencia en comunicación lingüística no se realizará antes de las 9:30 horas del día 5 de junio de 2012.

3.º. Una vez correctamente ubicados e identificados los alumnos, dará comienzo la prueba.

b) Día 6 de junio, miércoles:

1.º. Se evaluará la competencia matemática.

2.º. La apertura de la bolsa sellada que contiene los cuadernos de la competencia matemática no se realizará antes de las 9:30 horas del día 9 de junio de 2012.

3.º. Una vez correctamente ubicados e identificados los alumnos, dará comienzo la prueba.

c) Día 7 de junio, jueves:

1.º. Se evaluará la competencia lingüística en lengua inglesa.

2.º. La apertura de la bolsa sellada que contiene los cuadernos de la competencia lingüística en lengua inglesa no se realizará antes de las 9:30 horas del día 7 de junio de 2012.

3.º. Una vez correctamente ubicados e identificados los alumnos, dará comienzo la prueba.

4. En educación secundaria obligatoria:

a) Día 30 de mayo, miércoles:

1.º. Se evaluará la competencia en comunicación lingüística en lengua castellana.

2.º. La apertura de la bolsa sellada que contiene los cuadernos de la competencia en comunicación lingüística en lengua castellana no se realizará antes de las 9:30 horas del día 30 de mayo de 2012.

3.º. Una vez correctamente ubicados e identificados los alumnos, dará comienzo la prueba.

b) Día 31 de mayo, jueves:

1.º. En la primera sesión se evaluará la competencia matemática y en la segunda sesión la competencia en comunicación lingüística en lengua inglesa.

2.º. La apertura de la bolsa sellada que contiene los cuadernos de la competencia matemática no se realizará antes de las 9:30 horas del día 31 de mayo de 2012.

3.º. La apertura de la bolsa sellada que contiene los cuadernos de la competencia en comunicación lingüística en lengua inglesa no se realizará antes de las 11:00 horas del día 31 mayo de 2012.

4.º. Una vez correctamente ubicados e identificados los alumnos, dará comienzo la prueba.

5. Las pruebas online de la “evaluación muestral externa” se realizarán entre el 29 de mayo y el 1 de junio de 2012 en 2.º curso de educación secundaria obligatoria y entre el 4 y el 8 de junio de 2012 en 4.º curso de educación primaria.

Octavo. Temporalización de las pruebas y periodos de descanso.

1. Competencia en comunicación lingüística en lengua castellana.

a) A las 9:45 el aplicador procederá a repartir los cuadernos de evaluación de la competencia en comunicación lingüística en lengua castellana.

b) El aplicador pedirá a los alumnos que pongan en la portada del cuaderno los siguientes datos: Centro educativo, Grupo de pertenencia, Apellidos y Nombre.

c) Seguidamente, el aplicador procederá a dar lectura a las instrucciones contenidas en el propio cuaderno de evaluación, asegurándose de que los alumnos entiendan dichas instrucciones y responderá a las posibles cuestiones que se planteen.

d) Una vez leídas las instrucciones, se iniciará la prueba con la audición del CD que acompaña a los cuadernos de evaluación de la competencia en comunicación lingüística en lengua castellana. La audición tiene una duración aproximada de 4 minutos y se oirá dos veces. Mientras dura dicha audición, los alumnos deberán tener el cuaderno de evaluación cerrado.

e) Una vez escuchado el texto grabado en el CD, dará comienzo la prueba y empezará a computar el tiempo asignado para esta parte de la prueba: 55 minutos.

f) Una vez iniciada la prueba, el aplicador se abstendrá de aclarar cualquier tipo de duda relativa al cuestionario. Únicamente velará por que el proceso se desarrolle sin interferencias y por que los alumnos no se presten apoyo entre ellos. Cuando terminen de responder al cuestionario, permanecerán en sus lugares hasta que finalice el tiempo asignado a la prueba. Excepto por causa de fuerza mayor los alumnos no deberán abandonar el aula durante la aplicación.

g) Transcurridos 55 minutos, los alumnos cerrarán los cuadernos de evaluación, que serán recogidos por el aplicador.

2. Competencia matemática.

a) A las 9:45 el aplicador procederá a repartir los cuadernos de evaluación de la competencia matemática.

b) El aplicador pedirá a los alumnos que pongan en la portada del cuaderno los siguientes datos: Centro educativo, Grupo de pertenencia, Apellidos y Nombre.

c) Seguidamente, el aplicador leerá con detenimiento las instrucciones contenidas en el propio cuaderno de evaluación, asegurándose de que los alumnos entiendan dichas instrucciones y responderá a las posibles cuestiones que se planteen.

d) Una vez iniciada la prueba, el aplicador se abstendrá de aclarar cualquier tipo de duda relativa al cuestionario. Únicamente velará por que el proceso se desarrolle sin interferencias y por que los alumnos no se presten apoyo entre ellos. Cuando terminen de responder al cuestionario, permanecerán en sus lugares hasta que finalice el tiempo asignado. Excepto por causa de fuerza mayor los alumnos no deberán abandonar el aula durante la aplicación.

e) Transcurridos 55 minutos, los alumnos cerrarán los cuadernos de evaluación, que serán recogidos por el aplicador.

3. Competencia en comunicación lingüística en lengua inglesa.

a) A las 9:45 en Primaria y a las 11:15 en Secundaria, el aplicador procederá a repartir los cuadernos de evaluación de la competencia en comunicación lingüística en lengua inglesa.

b) El aplicador pedirá a los alumnos que pongan en la portada del cuaderno los siguientes datos: Centro educativo, Grupo de pertenencia, Apellidos y Nombre.

c) Seguidamente, el aplicador leerá con mucho detenimiento las instrucciones contenidas en el propio cuaderno de evaluación, asegurándose de que los alumnos entiendan dichas instrucciones y responderá a las posibles cuestiones que se planteen.

d) Una vez leídas las instrucciones, se iniciará la prueba con la audición del CD que acompaña a los cuadernos de evaluación de la competencia en comunicación lingüística en lengua inglesa.

e) Cada unidad de evaluación de la comprensión oral estará formada por una grabación y una serie de preguntas relacionadas con ella.

f) El proceso de trabajo en cada unidad de evaluación de la comprensión oral será el siguiente:

1.º. En primer lugar, el alumno leerá las preguntas de la unidad. Tras haberlas leído, escuchará la grabación, que estará relacionada con lo que acaba de leer y, simultáneamente, responderá a las preguntas de dicha unidad.

2.º. En segundo lugar, el alumno escuchará de nuevo la grabación y, al mismo tiempo, responderá a todas las preguntas que aún tiene sin responder. Finalizada la audición, dispondrá de un minuto más para terminar la unidad. Transcurrido dicho tiempo, el alumno oirá una grabación en castellano, que le advertirá de que deberá prestar atención porque comienza la siguiente unidad de evaluación de la comprensión oral.

g) El proceso se repetirá en todas las unidades de evaluación de la comprensión oral.

h) Una vez transcurrido el tiempo asignado a la prueba de comprensión oral, el alumno escuchará otra grabación en castellano que le invitará a continuar con el resto de la prueba.

i) Una vez iniciada la prueba, el aplicador se abstendrá de aclarar cualquier tipo de duda relativa al cuestionario. Únicamente velará por que el proceso se desarrolle sin interferencias y por que los alumnos no se presten apoyo entre ellos. Cuando terminen de responder al cuestionario, permanecerán en sus lugares hasta que finalice el tiempo asignado. Excepto por causa de fuerza mayor los alumnos no deberán abandonar el aula durante la aplicación.

j) Transcurridos los 55 minutos, los alumnos cerraran los cuadernos de evaluación, que serán recogidos por el aplicador.

4. Periodos de descanso.

Cada uno de los días, una vez finalizada la primera sesión, los alumnos podrán salir del aula hasta que se inicie la aplicación de la segunda prueba.

Noveno. Devolución de los cuadernos de evaluación una vez finalizada la aplicación.

1. Una vez finalizada cada una de la sesiones, los cuadernos de evaluación serán ordenados por grupos y clasificados alfabéticamente por los aplicadores. Serán empaquetados y devueltos a las cajas en las que se entregaron, que serán cerradas convenientemente por los aplicadores para garantizar que no se puedan abrir hasta el momento de su corrección.

2. Las cajas con los cuadernos de evaluación permanecerán bajo la custodia del director del centro hasta que se proceda a su recogida.

3. En todo momento el Servicio de Inspección de Educación podrá comprobar que se cumple lo establecido en este apartado.

4. Los cuadernos no utilizados en la evaluación quedarán a disposición del centro educativo.

El director del centro será responsable de custodiar dichos cuadernos y evitará la reproducción y difusión del contenido de los mismos mientras quede algún alumno por realizar las pruebas, según lo dispuesto en el apartado Décimo, subapartado 1, de esta resolución.

5. Los cuadernos de evaluación serán retirados de los centros educativos entre los días 8 y 12 de junio de 2012. Si, transcurrido dicho plazo, no se hubiera producido la recogida de los cuadernos, el director del centro lo comunicará, a la mayor brevedad posible, a la Unidad Técnica de Evaluación y Acreditación.

Décimo. Alumnado que no puede realizar la evaluación en los días establecidos.

1. Aquellos alumnos que no puedan realizar la evaluación de diagnóstico en los plazos establecidos en esta resolución la realizarán cuando se incorporen al centro, y en todo caso antes del 20 de junio, en las mismas condiciones que el resto de sus compañeros.

2. Los cuadernos de evaluación de estos alumnos serán remitidos por la dirección del centro educativo a la Unidad Técnica de Evaluación y Acreditación en el menor plazo de tiempo posible.

3. La dirección del centro remitirá a la Unidad Técnica de Evaluación y Acreditación un acta con los alumnos no evaluados, así como la causa por la que no han realizado las pruebas.

Undécimo. Difusión de los resultados.

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Orden EDU/24/2009, de 12 de marzo, por la que se regulan las condiciones para la evaluación de diagnóstico en la Comunidad Autónoma de Cantabria, la dirección de los centros educativos, en colaboración con los tutores de los grupos a los que se haya aplicado la evaluación de diagnóstico, establecerá las medidas organizativas necesarias para garantizar la difusión de los resultados de dicha evaluación a la comunidad educativa, teniendo en cuenta que, en ningún caso, los resultados de estas evaluaciones podrán ser utilizados para el establecimiento de clasificaciones de los centros o para comparaciones nominales con fines de ordenación.

2. Al inicio del curso 2012-2013, los directores de los centros educativos tendrán a su disposición en la herramienta informática los informes de la evaluación. Para obtener los informes relativos al centro, se accederá mediante la clave de director.

3. Las familias podrán descargar directamente desde la herramienta de evaluación los informes individuales de sus hijos, mediante la clave asignada a éstos y que les será entregada previamente por el director del centro.

4. En los casos en los que las familias no tengan acceso a los informes de sus hijos a través de medios informáticos, la dirección de cada centro educativo remitirá a estas dichos informes, guardando la debida confidencialidad.

Duodécimo. Otras actuaciones.

1. Serán competencia del director del centro educativo las siguientes tareas, que deberán ser cumplidas en las fechas indicadas:

a) Desde el 2 de mayo de 2012, los directores de los centros evaluados accederán a la herramienta de evaluación vía Web y realizarán las siguientes acciones:

1.º. Verificar los listados de alumnos y comunicar las incidencias a la Unidad Técnica de Evaluación y Acreditación mediante el correo electrónico [email protected]

2.º. Dar de alta en la herramienta de evaluación a los tutores y profesores de los grupos evaluados y asignarles usuario y contraseña.

b) A partir del 21 de mayo de 2012 los directores seleccionarán a los aplicadores de la evaluación de diagnóstico entre el profesorado que no imparte docencia en los grupos evaluados.

A cada grupo evaluado le corresponde un aplicador diferente.

c) Desde el 21 de mayo al 15 de junio de 2012 los directores responderán a los cuestionarios de contexto. Estos cuestionarios estarán activos en la herramienta de evaluación y se accede mediante la clave y contraseña del director d) Finalizado el proceso, el director del centro enviará a la Unidad Técnica de Evaluación y Acreditación, entre los días 21 y 27 de junio de 2012, un acta con:

1.º. Relación de aplicadores que han participado en la prueba, con mención expresa al grupo de alumnos al que han realizado la aplicación.

2.º. Incidencias generales durante la aplicación de las pruebas.

3.º. Relación de alumnos no evaluados y su causa.

4.º. Relación expresa de alumnos con incidencias en el proceso de evaluación.

e) Además de las funciones anteriores, que son de exclusiva competencia de los directores, éstos deberán velar por el cumplimiento, en plazo y forma, de las tareas que son responsabilidad directa de otros agentes que participan en la evaluación.

2. Serán competencia de los tutores las siguientes actuaciones, que deberán llevarse a cabo en las fechas indicadas al efecto:

a) Desde el 21 de mayo al 15 de junio de 2012, los tutores responderán a los cuestionarios de contexto. Estos cuestionarios estarán activos en la herramienta de evaluación y se accederá a ellos mediante la clave y contraseña que les proporcionará el director del centro, y que es única para cada tutor y grupo.

b) Evaluación de contexto de los alumnos: desde el 21 de mayo al 15 de junio de 2012, los alumnos responderán a los cuestionarios de contexto. Cada alumno responderá al cuestionario en una sesión realizada en el centro educativo y en presencia de su tutor, que apoyará el proceso. Los tutores trabajarán previamente en el aula con sus alumnos el contenido de los cuestionarios de contexto con el objetivo de facilitar su comprensión. Los cuestionarios se pueden descargar en formato pdf en el portal Educantabria (Planes - Evaluación Educativa - Evaluación de Diagnóstico).

Decimotercero. Planes de actuación.

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden EDU/24/2009, de 12 de marzo, los centros deberán diseñar un plan de actuación, derivado de los resultados de la evaluación de diagnóstico, que se incorporará a la programación general anual del curso 2012- 2013.

2. El plan de actuación al que se refiere el subapartado anterior deberá partir del análisis de resultados y propuestas de actuación de los equipos de ciclo o departamentos de coordinación didáctica correspondientes. Posteriormente, la comisión de coordinación pedagógica, elaborará una propuesta de plan de actuación, que deberá ser aprobada por el claustro de profesores para su inclusión en la programación general anual del curso siguiente.

Decimocuarto. Control del proceso.

Durante todo el proceso, el Servicio de Inspección de Educación velará por el cumplimiento de los procedimientos establecidos para la aplicación de la evaluación en los centros, de conformidad con lo establecido en al artículo 6, apartado 2, punto b) de la Orden EDU/24/2009, de 12 de marzo.

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