Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 03/04/2012
 
 

Tasas judiciales

Propuesta de nuevas tasas judiciales

03/04/2012
Compartir: 

La recaudación de las tasas financiará la justicia gratuita.

El Consejo de Ministros ha aprobado un anteproyecto de ley por el que se revisan las tasas judiciales vigentes desde 2002 y reguladas por la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. En la Ley de reforma de determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto nacional de toxicología y Ciencias Forenses también se introducen dos mejoras en la gestión: procuradores y abogados podrán facilitar el pago y se establecerá la posibilidad de revisar la liquidación de la tasa durante la tramitación del procedimiento judicial.

El objetivo de esta iniciativa es evitar la litigiosidad artificiosa que satura actualmente los juzgados. Las tasas abonadas por los ciudadanos que sí tienen recursos económicos no irán a parar a las arcas del Estado sino que, tal y como ya avanzó el ministro de Justicia, estarán destinadas a sufragar la justicia gratuita. Según una estimación realizada a partir de los últimos datos registrados, 172 millones de euros recaudados en 2010, con el nuevo sistema la cuantía ascendería a cerca de 300 millones.

Las tasas ya existentes desde primera instancia en el Orden Civil y en el Contencioso Administrativo se aplicarán también en lo Social, pero solo en segunda instancia. En ningún caso constituirán una traba al ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva para ningún ciudadano, puesto que quedarán exentos de pago aquellos a los que se les reconozca la asistencia gratuita. En cambio, junto a las personas jurídicas, sí se incluirá a las personas físicas con recursos económicos como sujetos pasivos de estas tasas.

Por último, se introduce una nueva tasa por el alta y la modificación de fichas toxicológicas en el registro de productos químicos comercializados

TASAS JUDICIALES  
               
    Actual €   Propuesta €   Incremento €  
CIVIL              
               
Verbal y cambiario   90   150   60  
Ordinario   150   300   150  
Monitorio y monitorio europeo y demanda incidental en el proceso concursal   50   100   50  
Ejecución extrajudicial   150   200   50  
Concurso necesario   150   200   50  
Apelación   300   800   500  
Casación y de infracción procesal   600   1200   600  
               
               
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO              
               
Abreviado   120   200    80  
Ordinario   210   350    140  
Apelación   300   800    500  
Casación   600   1200    600  
               
               
SOCIAL              
               
Ordinario y demás modalidades procesales   0   0      
Monitorio   0   0      
Suplicación   0   500      
Casación   0   750      

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana