Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 23/03/2012
 
 

La sentencia no admite recurso

La Audiencia Provincial de Madrid anula gran parte de las actuaciones de la 'Operación Galgo'

23/03/2012
Compartir: 

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid ha acordado la nulidad de gran parte de las pruebas obtenidas en el marco de la 'Operación Galgo' contra el dopaje deportivo y en la que se llegó a imputar a la atleta palentina Marta Domínguez.

MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

En un auto fechado el pasado 30 de enero de 2012, al que tuvo acceso Europa Press, la Audiencia Provincial de Madrid desestima el recurso de apelación del Ministerio Fiscal contra la sentencia del Juzgado de Instrucción número 24 de Madrid que declaraba nulas las escuchas telefónicas que la Guardia Civil practicó a Marta Domínguez.

Así, los magistrados declaran nulos gran parte de las actuaciones practicadas en el marco de esta operación como son las intervenciones telefónicas, entradas y registros a domicilios, la información obtenida en vigilancias policiales, autos anteriores en los que se autorizaba la obtención de información patrimonial y bancaria, o las declaraciones tomadas a los imputados "en función de que se hayan realizado antes o después del levantamiento del secreto de sumario".

La Audiencia Provincial de Madrid estima así los recursos presentados por Marta Domínguez Azpeleta, Eufemiano Fuentes Rodríguez, Yolanda Fuentes Rodríguez, Manuel Pascua Piqueras, María José Martínez Guerrero, José Alonso Valero, José Luis Pascua Piqueras y César Pérez Segovia. Contra esta resolución no cabe recurso, tal y como se especifica en la sentencia.

Por último, la Audiencia Provincial madrileña hace referencia a la petición en nombre de Pablo Muñoz Retamal de nulidad del auto que acordó la intervención de su teléfono, algo sobre lo que no emite veredicto sino que devuelve al Juzgado de Instrucción, pues hasta el momento no consta "pronunciamiento alguno al respecto".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El nuevo modelo de Registro Civil impulsado por Justicia alcanza ya al 50% de la población
  2. Actualidad: La AN condena al excomisario de Barajas a 5 años de cárcel por dar un trato VIP en el aeropuerto a cambio de regalos
  3. Estudios y Comentarios: Confederal y federal; por Francisco Sosa Wagner, catedrático universitario
  4. Tribunal Constitucional: El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad desestima el Recurso de Inconstitucionalidad del PP y confirma que el País Vasco y Navarra tienen competencia para gestionar el ingreso mínimo vital
  5. Actualidad: Félix Bolaños sitúa la digitalización en el centro de la modernización histórica de la Justicia
  6. Estudios y Comentarios: Una casa sin cimientos; por Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, Académica de Número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España
  7. Tribunal Supremo: En caso de tortura la acreditación de los hechos alegados debe valerse del criterio de la prueba más allá de toda duda razonable
  8. Libros: BLANCO LÓPEZ, M.ª Ángeles: Música y Derecho. La educación musical como medio de integración social y su evolución histórica hacia la configuración de un nuevo Derecho, Iustel, 334 Páginas
  9. Actualidad: El Supremo hace responsable a la banca de restituir anticipos con letras de cambio en la compra de viviendas
  10. Tribunal Supremo: La cesión del coche de empresa no está sujeta al IVA, aunque la empresa se haya deducido parte del Impuesto soportado por la adquisición del vehículo mediante renting

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana