Diario del Derecho. Edición de 24/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 22/03/2012
 
 

Obras de Goya y El Greco

El Supremo ratifica que el legado del industrial Muñoz Ramonet pertenece al Ayuntamiento de Barcelona

22/03/2012
Compartir: 

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que la Audiencia de Barcelona dictó el 30 de enero de 2009, ratificando así que el legado del industrial Julio Muñoz Ramonet pertenece al Ayuntamiento de la capital catalana.

BARCELONA, 21 (EUROPA PRESS)

Según ha informado el Supremo en un comunicado, el Alto Tribunal ha rechazado los recursos de infracción procesal y de casación en materia de derecho sucesoria que interpusieron las cuatro hijas herederas y las entidades Culturarte, Grupo Gaudir y Porvemunte.

Muñoz Ramonet, que murió en 1991 en Suiza, dejó a la ciudad dos fincas --y todo su contenido--, ubicadas en las calles Muntaner 282 y Porvenir 26, y entre los bienes figuran 'La virgen del Pilar' de Goya y 'La anunciación' de El Greco.

En su sentencia, Audiencia declaró "la validez y la eficacia" del legado que dejó el industrial a Barcelona a través de su testamento, que firmó en Suiza en abril de 1988, según la sentencia.

En dicho testamento nombraba herederas a sus cuatro hijas, si bien concretaba que las posesiones objeto de litigio, y que gestionaba a través de un entramado societario, las cedía a la fundación que lleva su nombre.

"La fundación tendrá como finalidad la conservación y mantenimiento de estas instalaciones y su visita y aprovechamiento útil por el público bajo el patronato de la ciudad de Barcelona", reproduce la sentencia.

Tras conocer el fallo, las cuatro hijas y las citadas entidades, que gestionaron desde la muerte de su padre "en beneficio propio" a través de personas de su confianza, presentaron un recurso ante el TS, alegando que se infringían artículos de la Constitución además de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Las defensas de las hijas se acogieron al hecho de que el industrial envió una carta a la sociedad propietaria de los bienes renunciando a los derechos de suscripción preferentes y otorgando a sus hijas poderes para ampliación de capital y suscripción de acciones, sostiene la sentencia.

Sin embargo, el TS confirma que este documento no tiene validez en este sentido porque el testador "no revocó el legado de forma tácita con posterioridad", por lo que las herederas tendrán que entregar los bienes en cuestión al consistorio.

La Fundación Privada Julio Muñoz Ramonet, creada por el Ayuntamiento en 1995, seguirá gestionando el fondo de esta herencia.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana