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Modificación de la composición de la Comisión de Formación especializada en Ciencias de la Salud

15/03/2012
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Orden 3/2012, de 5 de marzo, de la Conselleria de Sanidad, por la que se modifica la composición de la Comisión de Formación Especializada en Ciencias de la Salud de la Conselleria de Sanidad. (DOCV de 14 de marzo de 2012) Texto completo.

ORDEN 3/2012, DE 5 DE MARZO, DE LA CONSELLERIA DE SANIDAD, POR LA QUE SE MODIFICA LA COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DE FORMACIÓN ESPECIALIZADA EN CIENCIAS DE LA SALUD DE LA CONSELLERIA DE SANIDAD.

Preámbulo

La Orden de 1 de marzo de 2007, de la Conselleria de Sanidad, crea y regula la Comisión de Formación Especializada en Ciencias de la Salud de la Conselleria de Sanidad, estableciendo la composición de la mencionada comisión.

El Decreto 111/2011, de 2 de septiembre Vínculo a legislación, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Sanidad y se modifica el Decreto 25/2005, de 4 de febrero, del Consell, por el que se aprueban los estatutos reguladores de la Agencia Valenciana de Salud, modifica la estructura y funciones de la Conselleria.

El objeto de la presente orden es adaptar la composición de la Comisión de Formación Especializada en Ciencias de la Salud de la Conselleria de Sanidad, a la nueva estructura orgánica para seguir cumpliendo su objeto y velar por la actuación coordinada de todos los departamentos de la consellería que intervengan en la formación especializada en ciencias de la salud, por lo que ordeno:

Artículo único. Composición

La Comisión de Formación Especializada en Ciencias de la Salud de la Conselleria de Sanidad estará integrada por los siguientes miembros:

Presidencia: la persona que ostente la titularidad de la dirección general de la Agencia Valenciana de Salud con competencias en recursos humanos y ordenación profesional de la sanidad.

Vicepresidencia: la persona que ostente la titularidad de la dirección general de la Agencia Valenciana de Salud con competencias en ordenación y asistencia sanitaria.

Vocales:

El subdirector o la subdirectora general de Recursos Humanos o persona en quien delegue.

La subdirectora o subdirector general de asistencia sanitaria o persona en quien delegue.

Un o una representante de la Dirección General de Régimen Económico con rango de subdirección general o de jefatura de servicio.

Dos representantes del servicio que ostente las funciones de ordenación profesional.

Un o una representante de la Abogacía General de la Generalitat, nombrado por la Abogacía General de la Generalitat, Área de Sanidad.

Una o un representante de la Subdirección General de la Escuela Valenciana de Estudios para la Salud (EVES) con al menos rango de jefatura de servicio, nombrado por la Subdirección General del EVES.

Dos representantes de las personas que ostenten la presidencia de las Comisiones de Docencia de la Comunitat Valenciana, nombrados por el director o la directora general de la Agencia Valenciana de Salud con competencias en recursos humanos y ordenación profesional de la sanidad.

Secretaría: un o una representante de aquél servicio que ostente las funciones de Ordenación Profesional, con rango al menos de Jefatura de Sección, nombrado por la persona titular de la presidencia de la comisión.

Se podrá convocar por la persona titular de la presidencia de la Comisión, a las reuniones de la Comisión de Formación Especializada en Ciencias de la Salud a aquellas personas expertas que se considere adecuado, en virtud de los asuntos a tratar en el orden del día.

DISPOSICIÓN FINAL Ésta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana

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