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ETA

Un juez considera nula la declaración policial de un etarra porque Marlaska no adoptó "garantías" contra la tortura

01/03/2012
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La Audiencia Nacional condena a los miembros del 'comando Otazua' a cinco años de cárcel por atentar contra los juzgados de Sestao

MADRID, 29 (EUROPA PRESS)

El juez de la Audiencia Nacional Ramón Sáez Valcárcel considera que la declaración inculpatoria que el miembro del 'comando Otazua' de ETA Íñigo Zapirain Romano, 'Aritza', realizó ante la Guardia Civil y ratificó ante el instructor Fernando Grande-Marlaska debería ser considerada "nula" porque éste no adoptó las "suficientes garantías materiales" contra la tortura o los malos tratos.

Así consta en un voto particular discrepante que el magistrado ha redactado a la sentencia en la que la Sección Primera de la Sala de lo Penal impone cinco años de cárcel a Zapirain y a los también etarras Daniel Pastor, 'Txirula', y Beatriz Etxeberria, Kot', por atentar el 16 de diciembre de 2007 contra los juzgados de Sestao (Vizcaya).

En su voto particular Sáez Valcárcel señala que la declaración en régimen de incomunicación de los tres etarras, en la que Zapirain inculpó a los otros dos detenidos y reconoció la participación del 'comando' en 12 atentados, se produjo en "circunstancias anormales" porque "a la denuncia de torturas y la retractación de lo declarado" hay que unir "una intensa privación de los derechos básicos del detenido".

CRÍTICAS A MARLASKA

El magistrado reprocha a Grande-Marlaska, elegido la pasada semana presidente de la Sala de lo Penal, que no eliminara "la sospecha de falta de libertad" de los detenidos mediante "algún tipo de actuación", entre las que cita "retrasar la toma de declaración, permitir la entrevista previa con los abogados o recabar algún informe médico o psicológico adicional".

"Cuando concurren circunstancias anromales durante la detención preventiva --porque hubiere evidenca de presión o coacción ilegítima-- se requiere una diligencia reforzada del órgano judicial en la tutela de los derechos", señala el voto particular, que recuerda que, según la Convención contra la Tortura, "no debe aprovecharse información alguna obtenida del imputado por la autoridad o sus agentes durante su detención incomunicada cuando se haya denunciado, de manera verosímil o probable, algún tipo de violencia".

Los tres etarras denunciaron "torturas y malos tratos" durante los cinco días que duró la incomunicación. Pastor tuvo que ser trasladado al hospital tras autolesionarse al golpearse la cabeza y las manos contra la pared, mientras que Etxeberria denunció a un forense que habían intentado violarla con un palo de escoba aunque se negó a ser sometida a una exploración.

LA MAYORÍA AVALA LA DECLARACIÓN

La sentencia, que también firma Sáez como ponente a pesar de su discrepancia, considera válida la declaración judicial de los etarras y justifica la condena en esta prueba y el hallazgo de armas y explosivos que se realizó en los pisos que el 'comando' ocupaba en Galdakao (Vizcaya) y Bilbao, en los que también ocultaban carteles de 'Peligro, bomba'.

Además, toma en consideración un vídeo de la explosión en el que se observa a Zapirain fingir que estaba orinando cuando una mujer pasó por delante de los juzgados, extremo que reconoció en su declaración policial.

Así, la mayoría del tribunal, integrada por los magistrados Javier Martínez Lázaro y Nicolás Poveda, considera probado que los tres acusados prepararon la bomba, compuesta por cinco kilos de cloratita, y Zapirain la depositó a las puertas de los juzgados con el objetivo de "causar daños y desperfectos de magnitud en el local y con ello convlusionar la convivencia en la población y la tranquilidad ciudadana".

Durante el juicio, que quedó visto para sentencia el pasado 17 de febrero, el fiscal Pedro Rubira reprochó a los tres acusados que denunciasen haber sufrido torturas cuando fueron detenidos y luego "se hayan negado a declarar", siguiendo lo que ha denominado "el ABC de esta organización". "Si ustedes quieren ser creíbles, declaren al menos cuando hablan de torturas o amenazas y tengan la misma seriedad que tiene el Estado español para investigar. Eso no es colaborar con la Administración de Justicia", aseguró.

Los miembros del 'comando Otazua' ya habían sido condenados a 31 años de cárcel por planear el intento de asesinato en octubre de 2007 en Bilbao del concejal del PSE-EE de Galdakao, Juan Carlos Domingo, y hacerlo contra su escolta, Gabriel Ginés, a través de la colocación de una bomba lapa en su coche.

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