Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 24/02/2012
 
 

Declara nula por abusiva la cláusula que lo establecía

El Supremo impide a los promotores de viviendas nuevas trasladar a los compradores la plusvalía

24/02/2012
Compartir: 

El Tribunal Supremo ha declarado nula por "abusiva" la cláusula por la que los promotores de viviendas nuevas trasladaban a los compradores el coste de la plusvalía (impuesto sobre el incremento de valor de terrenos urbanos), que en realidad les correspondía pagar a ellos, según informa la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU) en un comunicado.

MADRID, 23 (EUROPA PRESS)

CECU ya advirtió en 2005 de la inclusión de estas cláusulas en el 44% de los contratos de vivienda. Un año después, la Ley 44/2006 prohibió de manera expresa que los compradores de vivienda tuvieran que pagar impuestos que legalmente correspondían a los promotores.

Sin embargo, los vendedores de promociones de viviendas nuevas siguieron obligando a los compradores a sufragar estos gastos. El Supremo aclara ahora está situación declarando "abusiva" esta cláusula, incluso aunque se hubiera pactado antes de la entrada en vigor de la ley del año 2006.

Ante esta situación, CECU anima a los compradores de vivienda a que comprueben los gastos repercutidos por sus inmobiliarias en el momento de la compra, ya que, además de reclamar las plusvalías, también pueden reclamar otros gastos, como los de constitución o cancelación de préstamos hipotecarios destinados a financiar la construcción, entre otros.

Además, la reciente reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil permite que la reclamación pueda ser tramitada por la vía judicial sin gastos de abogado ni procurador si es inferior a 2.000 euros, como sucede en muchos de estos supuestos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana