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Presidará la Sala de lo Penal de la AN

El CGPJ premia los 24 años de carrera de Grande-Marlaska, ocho de ellos como instructor en la Audiencia Nacional

24/02/2012
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El juez instruía una causa contra ETA cuando se produjo el chivatazo del 'Faisán' y archivó los dos procedimientos sobre el accidente del Yak

MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha premiado, con su nombramiento como presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, los 24 años de carrera judicial de Fernando Grande-Marlaska, que ha ejercido como juez instructor de este tribunal desde abril de 2004.

Nacido el 26 de julio de 1962 en Bilbao, Grande-Marlaska finalizó sus estudios de Derecho en 1985 y sólo tres años después ocupó su primer destino como juez en la localidad cántabra de Santoña. En 1999, con sólo 37 años, se incorporó a la Audiencia Provincial de Vizcaya, donde permaneció hasta 2003 y llegó a ser presidente.

Tras un breve paso por los Juzgados de Plaza de Castilla entró en la Audiencia Nacional en abril de 2004 como sustituto de Guillermo Ruiz Polanco. También ocupó temporalmente la plaza de Baltasar Garzón, desde cuyo juzgado instruyó varios procedimientos contra ETA y su entorno, así como la intervención de Fórum Filatélico. El 4 de mayo de 2006, cuando dirigía una operación antiterrorista contra el aparato de extorsión de ETA que operaba en el bar 'Faisán' de Irún (Guipúzcoa), se produjo un chivatazo policial que todavía hoy se investiga.

ARCHIVÓ LAS CAUSAS DEL YAK

En 2007 accedió como titular al Juzgado Central de Instrucción número 3 en sustitución de Teresa Palacios. A los cuatro meses de tomar posesión archivó la causa en la que se investigaban las supuestas irregularidades cometidas en la contratación del Yak-42, que se estrelló el 26 de mayo de 2003 causando la muerte a 62 militares españoles que regresaban de una misión en Afganistán. En abril de 2008 la Sala de lo Penal le obligó a reabrir el caso aunque, tras meses de instrucción, volvió a decretar su sobreseimiento el pasado 2 de febrero.

En el otro procedimiento abierto a raíz del accidente, relativo a la falsificación de las identidades de 30 de los 62 fallecidos, Grande-Marlaska dictó la apertura de juicio oral después de que la Sala de lo Penal le obligara a reabrir la causa que había archivado en noviembre de 2007. Tres médicos militares fueron juzgados y condenados aunque las penas no llegaron a ejecutarse.

Durante este periodo, en el que también se postuló como independiente a una vocalía del CGPJ, el magistrado también ha dirigido las operaciones que han descabezado a la organización SEGI, así como varios procedimientos por injurias contra la Corona, como los que instruyó contra dos dibujantes que caricaturizaron al Rey con el oso 'Mitrofán' o el que siguió contra el alcalde de Puerto Real (Cádiz), José Luis Barroso (IU), por llamar al monarca "hijo de la crápula".

Al margen de su faceta como juez, tras dar a conocer públicamente su homosexualidad Grande-Marlaska ha intervenido en actos y campañas públicas en defensa de los derechos de gays y lesbianas. En diciembre de 2007 participó, junto al presentador Jesús Vázquez y el escritor Boris Izaguirre, en una campaña de salud denominada 'Entre nosotros: usa el preservativo'.

PALO DE LA SALA DE LO PENAL

La Sala de lo Penal, que Marlaska presidirá a partir de ahora, criticó ayer, miércoles, su actuación al procesar a Iraitz Guesalaga Fernández, que se sentó en el banquillo de los acusados tras ser considerado "el informático de ETA". En la sentencia en la que se acordó su absolución se indicaba que la detención del imputado y de su novia --sobre la que no existían datos de comisión de delito alguno-- se realizó cinco meses después de que se iniciaran las investigaciones sin que en este plazo se hubieran obtenido nuevas pruebas en su contra.

Los magistrados Ángela Murillo, Juan Francisco Martel y Carmen Paloma González, compañeros de tribunal de Teresa Palacios --que también aspiraba a la Presidencia de la Sala de lo Penal-- cuestionaban en concreto que el magistrado autorizara, durante el periodo de tiempo transcurrido hasta el arresto, la intervención de las conversaciones telefónicas de los sospechosos sin que la decisión judicial tuviera "un mínimo soporte indiciario que justifique la desmedida medida".

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