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Premios

Premios Andalucía de Investigación

06/02/2012
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Resolución de 20 de enero de 2012, de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, por la que se convoca los Premios Andalucía de Investigación en sus distintas modalidades. (BOJA de 3 de febrero de 2012) Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 20 DE ENERO DE 2012, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE UNIVERSIDADES, INVESTIGACIÓN Y TECNOLOGÍA, POR LA QUE SE CONVOCA LOS PREMIOS ANDALUCÍA DE INVESTIGACIÓN EN SUS DISTINTAS MODALIDADES.

Preámbulo

La investigación científica y técnica es un recurso esencial para que las sociedades modernas puedan lograr mayor desarrollo económico y más bienestar social.

En esta línea, el proyecto de Segunda Modernización de Andalucía recoge, entre las estrategias y medidas que plantea, propuestas encaminadas a hacer de la educación, la investigación, la cultura y el talento creador uno de los principales motores de avance social y económico de Andalucía.

A esta finalidad, entre otras, responden también las líneas estratégicas y medidas que plantea el Plan de Innovación y Modernización de Andalucía, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de junio de 2005 y el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación, aprobado por Decreto 86/2007, de 27 de marzo Vínculo a legislación (BOJA núm. 72, de 12 de abril).

En consecuencia con todo ello, es imprescindible que las administraciones públicas propicien las condiciones económicas y sociales que favorezcan el desarrollo científico y tecnológico, poniendo en marcha actuaciones que alienten a los agentes sociales, que en mayor medida protagonizan la actividad científica e innovadora.

En concreto, resulta conveniente que la sociedad reconozca y valore el esfuerzo y la excelencia de aquellas personas o colectivos cuya trayectoria personal y profesional sea un ejemplo singular de dedicación a la actividad científica.

Por ello, y para dar público testimonio de admiración y reconocimiento a las personas investigadoras que más hayan destacado en el desempeño de la actividad científica, así como a los organismos, instituciones o empresas que se hayan distinguido por su compromiso con el fomento de la investigación científica, la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia ha decidido convocar los Premios Andalucía de Investigación, destinados a reconocer y estimular la actividad de las personas y entidades citadas. En cumplimiento del Decreto 86/2007 por el que se aprueba el Plan Andaluz de Investigación Vínculo a legislación, Desarrollo e Innovación 2007-2013 y el artículo 1 de la Orden de 8 de enero de 2007, por la que se establecen las bases de los Premios Andalucía de Investigación en sus distintas modalidades para el período 2006-2013, procede efectuar la convocatoria para la presente edición de los Premios Andalucía de Investigación y, en consecuencia,

RESUELVE

Primero. Efectuar la convocatoria de acuerdo con lo dispuesto en el artículo uno de las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 8 de enero de 2007, por la que se establece las bases de los Premios Andalucía de Investigación en sus distintas modalidades para el período 2006-2013 de los siguientes premios:

a) XVIII Premio Andalucía de Investigación sobre temas andaluces “Plácido Fernández Viagas”.

b) XVIII Premio Andalucía de Investigación en áreas de humanidades y ciencias jurídico-sociales “Ibn al Jatib”.

c) IV Premio Andalucía de Investigación en el área de arquitectura e ingeniería “Antonio de Ulloa”.

d) IV Premio Andalucía de Investigación en el área de ciencias de la salud “Columela”.

e) XI Premio Andalucía de Investigación destinado a jóvenes investigadores e investigadoras “Tercer Milenio”.

f) XVI Premio Andalucía de Investigación al “Fomento” de la investigación científica y técnica.

Segundo. El importe de los premios será de 25.000,00 euros cada uno, salvo el de “Tercer Milenio” que será de 15.000,00 euros y el de “Fomento” que será de 10.000,00 euros; lo que da un importe total de 125.000,00 euros que se imputará a la aplicación presupuestaria 226.08.54A.

Tercero. El plazo de presentación de candidaturas será de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. La presentación de las personas candidatas deberá realizarse ante la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, y conforme a alguna de las siguientes modalidades:

a) Por iniciativa de las Universidades, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, los Organismos Públicos de Investigación de ámbito andaluz, las Academias de Andalucía o las Consejerías de la Junta de Andalucía.

b) Por iniciativa de personas que hubieran sido premiadas en convocatorias anteriores.

c) Por iniciativa de al menos 5 personas investigadoras de reconocido prestigio, del mismo ámbito que el candidato o candidata que se proponga.

Quinto. Se especificará el nombre y datos de identificación de la persona candidata o el grupo propuesto para el premio (teléfono, móvil, correo electrónico y dirección), y se acompañará de un informe detallado de las razones de la propuesta, los méritos que en su defensa se pudieran alegar y memoria de las actuaciones o actividades que las personas propuestas hayan podido realizar para ser merecedoras del premio. Deberá presentarse en original y memoria USB (pendrive) debidamente identificado.

Sexto. La indemnización por asistencia para los miembros del jurado se cifra en el importe establecido en el Anexo IV del Decreto 54/1989, de 21 de marzo Vínculo a legislación, sobre indemnizaciones por razón de servicio de la Junta de Andalucía.

Séptimo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a los artículos 10 Vínculo a legislación, 14 Vínculo a legislación y 46.1 Vínculo a legislación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante el Excmo. Sr. Consejero de Economía, Innovación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, Vínculo a legislación 116 Vínculo a legislación y 117 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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