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Constitución de 1812 de Cádiz

Celebración del Bicentenario de la Constitución de 1812 de Cádiz, “La Pepa”, en los centros docentes no universitarios

03/02/2012
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Orden de 19 de enero de 2012, por la que se dispone la celebración del Bicentenario de la Constitución de 1812 de Cádiz, “La Pepa”, en los centros docentes no universitarios de Andalucía. (BOJA de 2 de febrero de 2012) Texto completo.

ORDEN DE 19 DE ENERO DE 2012, POR LA QUE SE DISPONE LA CELEBRACIÓN DEL BICENTENARIO DE LA CONSTITUCIÓN DE 1812 DE CÁDIZ, “LA PEPA”, EN LOS CENTROS DOCENTES NO UNIVERSITARIOS DE ANDALUCÍA.

Preámbulo

En el año 2012 se cumplirán 200 años desde aquel 1812 en el que se reunieron las Cortes Constituyentes en el Oratorio de San Felipe Neri, de Cádiz, para aprobar la Constitución de 1812, conocida como “La Pepa”, que fue aprobada el 19 de marzo de aquel año.

Este Bicentenario supondrá uno de los principales acontecimientos culturales del año 2012, brindando a la escuela andaluza la oportunidad de participar de forma activa en el conocimiento y profundización del conjunto de valores que se desprenden de una Constitución que ha alcanzado el máximo reconocimiento en todo el mundo, transformándose en un auténtico mito cultural y ciudadano.

No se trata únicamente de conmemorar el aniversario de una constitución o celebrarla. Se trata de trabajar, profundizar y formarse en torno a su significado, su universalidad, sus valores, en tanto en cuanto a lo que de precedente en la política moderna y en las relaciones humanas significa. Los conceptos de ciudadanía, de convivencia, de derechos, de deberes, etc., impregnan el espíritu de la Constitución de 1812 “La Pepa”, y es una oportunidad para acercarla al ámbito educativo.

La importancia del Bicentenario de La Pepa, su significado y su universalidad, hacen que la celebración de esta efemérides revista unas características especiales. La programación de actividades conmemorativas desde los centros educativos de nuestra comunidad autónoma será un argumento útil y valioso para la reflexión sobre las cartas de derechos, todo un símbolo para la humanidad, revestido por el universo de valores que en un mundo turbulento y siempre en transición aborda temas como la búsqueda de la libertad y la utopía, como grandes tareas humanas; la religión, el laicismo y el mestizaje como elementos coexistentes en una sociedad plural; la tolerancia, respeto, la compasión y fraternidad como virtudes cívicas necesarias en el mundo de hoy.

La celebración de La Pepa es, sin duda, un argumento aglutinador cultural e ideológico para que sea reconocido universalmente de forma indiscutible, incluso desde las ideologías más antagónicas.

Es, por tanto, el año 2012 ocasión para celebrar la conmemoración del nacimiento de la Constitución de 1812 “La Pepa”, y de aprovechar este hecho para nutrir la oferta educativa de los centros educativos de Andalucía conforme al precepto constitucional que los poderes públicos tienen encomendado de facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, cultural y social.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, y de acuerdo con las facultades que me confiere el artículo 44.2 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo 1. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto impulsar la celebración del Bicentenario de la promulgación de la Constitución de 1812 y fomentar su lectura y estudio en todos los centros docentes sostenidos con fondos públicos, no universitarios, de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Artículo 2. Programación de actividades.

1. Los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía realizarán una programación de actividades con motivo de la celebración del Bicentenario que abarcará el período comprendido entre los meses de enero y diciembre del año 2012, integrándose en los planes de centro y programaciones de los cursos 2011/2012 y 2012/2013 y en sus correspondientes memorias.

2. Los centros docentes, en virtud de la autonomía pedagógica, de organización y de gestión que les concede la Ley 17/2007 Vínculo a legislación, de Educación de Andalucía, de 10 de diciembre, y los respectivos reglamentos orgánicos, a partir de la publicación de la presente Orden y durante el primer trimestre del curso 2012/2013 programarán actividades a realizar en el centro, tanto de aquellas que se consideren en desarrollo del currículum de las diferentes áreas y materias como de las que se formulen como actividades complementarias y extraescolares.

3. La programación incluirá actividades para el fomento de la lectura y la familiarización del alumnado con la Constitución de Cádiz y los valores constitucionales adaptándose a los distintos niveles educativos.

4. Asimismo se planificarán actividades pluridisciplinares que relacionen este evento cultural con la historia, la música, el teatro, la investigación, etc., articuladas en un programa global de actos que aporte cohesión a las intervenciones que se desarrollen durante todo el año y genere oportunidades de acercamiento a la Constitución de Cádiz de 1812.

5. Las actividades fomentarán valores y virtudes cívicas contenidas en la Carta Magna y que por analogía podemos identificar en la sociedad actual.

Artículo 3. Asesoramiento.

1. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación prestarán a los centros, en el ámbito de su competencia, el apoyo y asesoramiento necesario para la realización de las actividades programadas por ellos para esta conmemoración, a fin de garantizar una celebración abierta a la iniciativa de los centros educativos.

2. Los centros del profesorado, como espacios de encuentro y comunicación de experiencias, promoverán esta iniciativa, dinamizando, asesorando y apoyando las propuestas de los centros.

3. Igualmente la inspección educativa asesorará a los centros en la elaboración de la programación de actividades mencionadas en el artículo segundo de la presente Orden.

Artículo 4. Coordinación regional.

Por la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa se nombrará a una persona como coordinadora regional responsable de la coordinación e impulso de las acciones que se programen con motivo de la celebración del Bicentenario de la Constitución de 1812, “La Pepa”.

Artículo 5. Coordinación provincial.

En cada Delegación Provincial se nombrará a la persona que ostente la jefatura del Servicio de Ordenación Educativa para que ejerza la coordinación en la provincia de las actividades que se programen para la celebración del Bicentenario de la Constitución de 1812.

Artículo 6. Base de datos.

En las Delegaciones Provinciales se creará una base de datos de actividades y materiales realizados por los centros docentes para la conmemoración de este Bicentenario y se incluirán las actividades en los blogs y páginas web de los centros.

Artículo 7. Selección de experiencias, materiales, proyectos y actividades.

1. En cada Delegación Provincial se seleccionarán experiencias, materiales, proyectos y actividades que por su interés recibirán un reconocimiento y serán dadas a conocer al resto de los centros educativos de la Comunidad Autónoma.

2. Las actividades seleccionadas por las Delegaciones Provinciales se presentarán en un encuentro regional que tendrá lugar en Cádiz a la finalización del año de la conmemoración.

Artículo 8. Divulgación.

1. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, en el ámbito de sus competencias, informarán de la publicación de la presente Orden a todos los centros docentes de su ámbito territorial.

2. Los directores y directoras de los centros educativos dispondrán lo necesario para que la misma sea conocida por todos los sectores de la comunidad educativa del centro.

3. Todos los centros recogerán esta Orden, y las actuaciones que se desarrollen, en sus páginas web y blogs.

Disposición final primera. Autorización.

Se autoriza a las distintas direcciones generales de la Consejería de Educación para que, en el ámbito de sus competencias, desarrollen actuaciones para la celebración del Bicentenario de la promulgación de la Constitución de 1812, “La Pepa”.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el dia siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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