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  • EDICIÓN DE 31/01/2012
 
 

Universidad de Castilla-La Mancha

Modificación del Presupuesto de la Universidad de Castilla-La Mancha

31/01/2012
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Resolución de 26/01/2012, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se prorrogan los créditos de los capítulos III, IV y VI del Presupuesto, se acuerda la no disponibilidad de créditos prorrogados y se adoptan otras medidas complementarias de control presupuestario para el ejercicio económico 2012. (DOCM de 30 de enero de 2012) Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 26/01/2012, DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA, POR LA QUE SE PRORROGAN LOS CRÉDITOS DE LOS CAPÍTULOS III, IV Y VI DEL PRESUPUESTO, SE ACUERDA LA NO DISPONIBILIDAD DE CRÉDITOS PRORROGADOS Y SE ADOPTAN OTRAS MEDIDAS COMPLEMENTARIAS DE CONTROL PRESUPUESTARIO PARA EL EJERCICIO ECONÓMICO 2012

Preámbulo

Por Resolución de 17 de enero de 2012, de la Universidad de Castilla-La Mancha (DOCM de 23 de enero), se acuerda la prórroga de los capítulos I y II del Presupuesto de gastos para el ejercicio económico 2012 y se determina la forma en que se efectuaría la prórroga del Presupuesto para los capítulos III, IV y VI y la declaración de no disponibilidad de los créditos prorrogados en cualquiera de los capítulos.

El mecanismo de prórroga presupuestaria garantiza el funcionamiento ordinario de la Universidad durante el periodo necesario hasta la aprobación definitiva de los Presupuestos para 2012, abriendo una etapa en la que los gastos deben ejecutarse con la máxima cautela y en la que no deben emprenderse iniciativas que puedan comprometer la suficiencia financiera y el equilibrio presupuestario, por cuanto en este periodo se desconocen los créditos definitivos con los que contará la Universidad una vez que se aprueben los Presupuestos. Debe tenerse muy presente que si los créditos prorrogados resultaran ser significativamente superiores a los créditos definitivamente aprobados y no se hubiera contenido el nivel de ejecución presupuestaria durante el periodo prorrogado, la Universidad podría encontrarse ante la necesidad de adoptar medidas correctoras que condicionarían su funcionamiento normal durante el periodo definitivo.

De acuerdo con estas consideraciones, procede moderar el nivel de ejecución presupuestaria durante el periodo prorrogado mediante acuerdos de no disponibilidad de créditos, que serán aplicables mientras no se resuelvan las incertidumbres que pesan sobre la cuantía de ingresos a disposición de la Universidad para el ejercicio económico de 2012.

La falta de determinación del tiempo que la Universidad funcionará conforme al régimen de prórroga presupuestaria aconseja aplicar los acuerdos de no disponibilidad por cuatrimestres, contribuyendo a una mejor distribución del gasto a lo largo del periodo prorrogado.

La observación de criterios de prudencia en la ejecución del gasto durante el periodo prorrogado justifica la necesidad de adoptar medidas conducentes a una gestión presupuestaria más detallada mediante la vinculación de los créditos a nivel de artículo, así como el establecimiento de otras medidas destinadas a limitar los compromisos plurianuales y garantizar la disponibilidad de crédito adecuado y suficiente para realizar convocatorias que involucren pagos mensuales a beneficiarios de becas y otras transferencias corrientes.

Los acuerdos de no disponibilidad no son aplicables a los créditos con financiación afectada, por cuanto no están sometidos a las incertidumbres indicadas respecto a los créditos financiados con fondos propios, por lo que dichos créditos afectados quedarán disponibles siempre que quede debidamente acreditado documentalmente el derecho en la forma establecida en la normativa de aplicación o se haya producido el ingreso correspondiente.

Por todo lo indicado anteriormente, vista la propuesta realizada por el Vicerrector de Economía y Planificación en cumplimiento de los acuerdos cuarto y quinto de la Resolución de 17 de enero de 2012, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se acuerda la prórroga del Presupuesto para el ejercicio económico 2012 y considerando que, por razones de índole económica y de eficacia a fin de adoptar una única Resolución sobre los temas referidos, procede la avocación por el Rector, para éste único acto, de la delegación que se efectuaba en el acuerdo cuarto de la referida Resolución de 17 de enero de 2012, este Rectorado ha resuelto:

Primero

Prorrogar los créditos iniciales del Presupuesto de la Universidad de Castilla-La Mancha de 2011 en lo referido a los capítulos III, IV y VI del presupuesto de gastos para el ejercicio 2012, sin perjuicio de lo dispuesto en el acuerdo tercero de la citada Resolución de 17 de enero de 2012 siendo de aplicación únicamente a las orgánicas que configuren la nueva estructura del presupuesto aprobada en el Anexo de la citada Resolución.

Segundo

Acordar la retención del 90% de los créditos financiados con fondos propios, correspondientes a los capítulos II, III, IV y VI hasta el 30 de abril de 2012, exceptuando las aplicaciones presupuestarias 00110 y 00141 recogidas en el Anexo de la citada Resolución de 17 de enero de 2012.

El acuerdo de retención del párrafo anterior no alcanzará a los créditos financiados con fondos finalistas, correspondientes a las orgánicas identificadas al efecto en el presupuesto del ejercicio 2011 o sus equivalentes en la nueva estructura de presupuesto.

En aquellas orgánicas del presupuesto que acrediten compromisos de gastos para el ejercicio 2012 consecuencia de contratos mayores o resoluciones de convocatorias de becas formalizados con fecha anterior al 1 de enero de 2012, y sólo cuando los créditos prorrogados inicialmente disponibles fueran insuficientes, la retención del 90% será disminuida en la cuantía imprescindible para hacer frente a tales compromisos, siendo de aplicación la presente norma al nivel de vinculación establecido en el punto cuarto (orgánica, programa y artículo de gasto), exceptuando las orgánicas de contrato-programa donde la aplicación se realizará a nivel de orgánica.

En aquellas orgánicas del presupuesto en las que sea necesario atender gastos que, por su irregular distribución a lo largo del ejercicio económico, conlleven compromisos imprescindibles e inaplazables a reconocer durante el primer cuatrimestre del 2012 superiores a los créditos prorrogados inicialmente disponibles, la retención del 90% será disminuida en el importe de tales compromisos, requiriéndose informe favorable del Vicerrector de Economía y Planificación en el que quede acreditado el carácter imprescindible e inaplazable de los compromisos, así como su distribución irregular a lo largo del ejercicio económico.

Tercero

Autorizar a la Unidad de Contabilidad a realizar las operaciones contables de retención de crédito por no disponibilidad, las cuales podrán ser modificadas a petición de los responsables de orgánica en cuanto a distribución por conceptos de gastos sin que en ningún momento dichas modificaciones puedan suponer disminución del importe total retenido según lo establecido en el punto anterior.

Cuarto

Durante el ejercicio 2012, al amparo de lo establecido en el artículo 95 de los Estatutos de la UCLM, aprobados por Decreto 160/2003, de 22 de julio Vínculo a legislación, establecer la vinculación de todos los créditos a nivel de artículo, excepto los gastos de personal que mantendrían su vinculación a nivel de capítulo.

Quinto

Acordar que la disposición de los créditos prorrogados financiados con fondos propios correspondientes al capítulo IV se realice por parte de los órganos competentes con la autorización previa y preceptiva del Vicerrector de Economía y Planificación, a los únicos efectos de contribuir a garantizar la disponibilidad de crédito suficiente y adecuado para financiar las oportunas convocatorias y adecuar los compromisos asumidos al ejercicio económico, todo ello sin perjuicio de las restantes autorizaciones y requisitos que la normativa en vigor establezca.

Sexto

La presente Resolución se publicará en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y en el Boletín Oficial de la Universidad de Castilla-La Mancha, y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

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