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Deporte

Deportistas de alto rendimiento

18/01/2012
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Orden de 22 de diciembre de 2011, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueban los requisitos deportivos requeridos para la calificación de deportistas de alto rendimiento. (BOA de 17 de enero de 2012) Texto completo.

ORDEN DE 22 DE DICIEMBRE DE 2011, DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE, POR LA QUE SE APRUEBAN LOS REQUISITOS DEPORTIVOS REQUERIDOS PARA LA CALIFICACIÓN DE DEPORTISTAS DE ALTO RENDIMIENTO.

Preámbulo

El Decreto 396/2011, de 13 de diciembre Vínculo a legislación, del Gobierno de Aragón, sobre deporte aragonés de alto rendimiento, tiene por objeto regular el deporte de alto rendimiento en Aragón mediante la determinación de la condición de deportistas de nivel cualificado, los criterios, competencia y procedimiento para su reconocimiento y los efectos que del mismo se siguen.

El artículo 5.2 Vínculo a legislación del Decreto 396/2011, dispone que el departamento competente en materia de deporte establecerá los requisitos mínimos requeridos para la calificación como deportista de alto rendimiento en cada uno de los grupos establecidos en el apartado 1 del mismo artículo. La Orden del 18 de noviembre Vínculo a legislación del 2008, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte (“Boletín Oficial de Aragón” n.º 196, de 24 de noviembre de 2008) ha regulado estos requisitos estos últimos años. A lo largo de este tiempo se han realizado propuestas de mejora de esta orden por parte de diferentes agentes deportivos afectados. Al objeto de incorporar las propuestas realizadas por las Federaciones Deportivas Aragonesas y la Comisión de Evaluación del Deporte Aragonés de Nivel Cualificado para perfeccionar la relación de criterios, y tendiendo en cuenta la aprobación del Decreto 396/2011 Vínculo a legislación, se considera oportuno aprobar una nueva orden que establezca la relación de criterios de calificación de deportistas de alto rendimiento.

Asimismo, el artículo 7.3 Vínculo a legislación del Decreto 396/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, sobre deporte aragonés de alto rendimiento dispone que el departamento competente en materia de deporte establecerá el modelo de solicitudes para la calificación de deportistas de alto rendimiento.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto 396/2011 Vínculo a legislación, dispongo:

Artículo 1. Requisitos deportivos para la calificación de deportistas de alto rendimiento.

Los requisitos deportivos mínimos para obtener la calificación como deportista de alto rendimiento a que se refiere el artículo 4.1.e) Vínculo a legislación del Decreto 396/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, sobre deporte aragonés de alto rendimiento serán los establecidos en el anexo I de la presente Orden.

Artículo 2. Modelos de solicitud para la calificación como deportista de alto rendimiento.

Los modelos de solicitud para la calificación como deportista de alto rendimiento son los establecidos en los anexos II, III, IV, V y VI de la presente Orden.

Disposición derogatoria única.-Queda derogada la Orden de 18 de noviembre Vínculo a legislación de 2008 del Departamento de Educación, Cultura y Deporte por la que se aprueban los requisitos deportivos requeridos para la calificación de deportistas de nivel cualificado y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en la presente Orden.

Disposición final primera. Se faculta al Director General de Deporte para dictar las resoluciones necesarias y adoptar las medidas precisas para la ejecución de la presente Orden.

Disposición final segunda. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de Aragón”.

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