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Patrimonio

Estructura y funciones a nivel de Negociados en el Servicio de Patrimonio

23/12/2011
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Orden Foral 202/2011, de 12 de diciembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se establece la estructura y funciones a nivel de Negociados en el Servicio de Patrimonio.(BON de 22 de diciembre de 2011) Texto completo.

ORDEN FORAL 202/2011, DE 12 DE DICIEMBRE, DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, POR LA QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA Y FUNCIONES A NIVEL DE NEGOCIADOS EN EL SERVICIO DE PATRIMONIO.

Preámbulo

El artículo 24.1 Vínculo a legislación de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra dispone que las Direcciones Generales podrán estructurarse en Servicios, Secciones, Negociados y otras unidades inferiores a las Secciones. En el apartado 4 del mismo artículo se establece que los Negociados y otras unidades inferiores a las Secciones se crearán, modificarán y suprimirán mediante Orden Foral del Consejero titular del Departamento en que hayan de integrarse dichas unidades.

Mediante Decreto Foral 130/2011, de 24 de agosto Vínculo a legislación, publicado en el Boletín Oficial de Navarra número 172, de 31 de agosto de 2011, se estableció la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda. El capítulo III en su sección 5.ª recoge la estructura y funciones del Servicio de Patrimonio, que reduce a tres el número de sus Secciones.

Como desarrollo del citado Decreto Foral 130/2011, de 24 de agosto Vínculo a legislación, procede establecer la estructura del Servicio a nivel de Negociados y, en aras de la seguridad jurídica y de una mayor claridad, integrar en una única disposición el desarrollo completo de dicha estructura.

Visto el informe favorable de la Dirección General de Función Pública y del Servicio de Evaluación y Calidad del Instituto Navarro de Administración Pública, y de conformidad con lo previsto en el artículo 24.4 Vínculo a legislación de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, que atribuye a los Consejeros la facultad de creación, modificación y supresión de los Negociados de su respectivo Departamento,

ORDENO:

1.º El Negociado de Inventario General se adscribe a la Sección de Gestión Jurídica del Patrimonio y ejercerá las siguientes funciones:

a) La confección y actualización del Inventario General de los bienes y derechos del Patrimonio de la Comunidad Foral.

b) La investigación de cuantos bienes y derechos formen o se presuma formen parte del Patrimonio de la Comunidad Foral.

c) La tenencia y custodia de todos los documentos, escrituras y títulos-valores en que se representen o materialicen bienes o derechos del Patrimonio de la Comunidad Foral.

d) Cualesquiera otras relacionadas con las funciones del Servicio de Patrimonio que le sean asignadas.

2.º Se crea el Negociado de Asistencia Administrativa, que se adscribe a la Sección de Gestión Jurídica del Patrimonio y ejercerá las siguientes funciones:

a) La gestión y administración de los bienes y derechos adscritos al Servicio de Patrimonio y de los bienes de dominio privado de la Comunidad Foral cuyo uso o explotación no haya sido atribuido a otros órganos o personas, así como la propuesta de cesión de uso o de explotación de los mismos.

b) La tramitación de los procedimientos de adquisición a título gratuito de bienes y derechos para su integración en el Patrimonio.

c) La gestión de los contratos de arrendamiento de bienes inmuebles.

d) Cualesquiera otras relacionadas con las funciones del Servicio de Patrimonio que le sean asignadas.

3.º Se crea el Negociado de Asistencia Técnica, Sociedades Públicas y Avales, que se adscribe a la Sección de Gestión Jurídica del Patrimonio y ejercerá las siguientes funciones:

a) La instrucción de los procedimientos de adquisición, enajenación y gravamen a título oneroso, de bienes y derechos, así como los de afectación, desafectación, adscripción, desadscripción y cambio de destino de los bienes.

b) La gestión y el control de los derechos sobre sociedades y empresas en las que participe la Comunidad Foral directa o indirectamente, sean o no sociedades públicas.

c) La ordenación y control de las empresas del sector público del Gobierno de Navarra y de sus órganos de dirección y administración, así como la adscripción de las mismas.

d) La tramitación, control, seguimiento y comisiones de los avales concedidos y formalizados por la Administración de la Comunidad Foral y de las garantías de éstos, sin perjuicio de las competencias de otros Órganos y Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral.

e) Cualesquiera otras relacionadas con las funciones del Servicio de Patrimonio que le sean asignadas.

4.º El Negociado de Planeamiento y Valoraciones se adscribe a la Sección de Gestión Técnica del Patrimonio y ejercerá las siguientes funciones:

a) Las valoraciones de inmuebles, la estimación de las rentas en los contratos de arrendamiento y la valoración de afecciones a bienes inmuebles propiedad de la Comunidad Foral.

b) El seguimiento del planeamiento urbanístico que afecte a bienes o derechos de la Comunidad Foral, la formulación de alegaciones y la elaboración de propuestas alternativas.

c) La representación en las Juntas de Compensación, el seguimiento de las reparcelaciones y la tramitación de los abonos de gastos de urbanización.

d) El asesoramiento técnico en la gestión del patrimonio inmobiliario de Administración de la Comunidad Foral de Navarra y la prospección del mercado inmobiliario para satisfacer las demandas de compara y arrendamiento de inmuebles.

e) Cualesquiera otras relacionadas con las funciones del Servicio de Patrimonio que le sean asignadas.

5.º El Negociado de Adquisiciones se adscribe a la Sección de Contratación, Seguros y Asuntos Económicos y ejercerá las siguientes funciones:

a) La tramitación de los procedimientos de contratación de suministros y asistencias cuya competencia corresponda a la Dirección General de Patrimonio.

b) En relación con los contratos anteriormente señalados, el control de la ejecución, del pago de facturas, de la devolución de garantías y la formulación de propuestas de gestión y centralización.

c) La sustitución, en caso de ausencia, vacante o enfermedad del Jefe del Negociado de Aprovisionamiento.

d) Cualesquiera otras relacionadas con las funciones del Servicio de Patrimonio que le sean asignadas.

6.º El Negociado de Aprovisionamiento se adscribe a la Sección de Contratación, Seguros y Asuntos Económicos y ejercerá las siguientes funciones:

a) La tramitación de los procedimientos de contratación de suministros cuya competencia corresponda a la Sección de Contratación y de los suministros declarados de atención centralizada.

b) En relación con estos contratos, el control de la ejecución, del pago de facturas y de la devolución de garantías.

c) Sustitución, en caso de ausencia, vacante o enfermedad, del Jefe del Negociado de Adquisiciones.

d) Cualesquiera otras relacionadas con las funciones del Servicio de Patrimonio que le sean asignadas.

7.º El Negociado de Registros y Seguros se adscribe a la Sección de Contratación, Seguros y Asuntos Económicos y ejercerá las siguientes funciones:

a) La gestión del Registro de Contratos.

b) La gestión del Registro Voluntario de Licitadores.

c) La supervisión de las liquidaciones económicas y prestaciones que se deriven del contrato de seguro de daños adjudicado por el Departamento de Economía y Hacienda.

d) El apoyo administrativo a la Secretaría de la Junta de Contratación Pública.

e) Cualesquiera otras relacionadas con las funciones del Servicio de Patrimonio que le sean asignadas.

8.º El Negociado de Asuntos Económicos se adscribe a la Sección de Contratación, Seguros y Asuntos Económicos y ejercerá las siguientes funciones:

a) La gestión del Centro Contable del Servicio de Patrimonio.

b) El control del presupuesto del Servicio.

c) La contabilización general y presupuestaria del Servicio.

d) El control y la supervisión de los fondos librados a justificar del Servicio.

e) Cualesquiera otras relacionadas con las funciones del Servicio de Patrimonio que le sean asignadas.

9.º Se suprimen los siguientes Negociados:

a) Negociado de Infraestructuras.

b) Negociado de Gestión Técnica del Patrimonio.

10.º Se confirman, en las mismas condiciones en que se produjeron, los siguientes nombramientos:

-El de la Jefa del Negociado de Gestión Técnica del Patrimonio, que pasa a denominarse Jefa del Negociado de Asistencia Administrativa.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Orden Foral.

DISPOSICIÓN FINAL

Esta Orden Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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