Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 17/08/2011
 
 

Sentencia Supremo

Sentencia de 14 de junio de 2011 de la Sala Tercera del Tribunal Supremo

17/08/2011
Compartir: 

Sentencia de 14 de junio de 2011, dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara nulo el Real Decreto 1666/2008, de 17 de octubre, sobre traspasos de funciones y servicios de la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos correspondientes a las aguas de la cuenca del Guadalquivir (BOE de 17 de agosto de 2011). Texto completo.

SENTENCIA DE 14 DE JUNIO DE 2011, DICTADA POR LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO, POR LA QUE SE DECLARA NULO EL REAL DECRETO 1666/2008, DE 17 DE OCTUBRE, SOBRE TRASPASOS DE FUNCIONES Y SERVICIOS DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO A LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA EN MATERIA DE RECURSOS Y APROVECHAMIENTOS HIDRÁULICOS CORRESPONDIENTES A LAS AGUAS DE LA CUENCA DEL GUADALQUIVIR.

En el recurso contencioso-administrativo número 1/66/2008 interpuesto por D. Francisco Javier Flores Montoya, representada por la Procuradora D.ª María Jesús Ruiz Esteban, la Sala Tercera (Sección Tercera) ha dictado sentencia en fecha 14 de junio de 2011, que contiene el siguiente fallo:

F A L L A M O S

Primero.

Rechazar la objeción de inadmisibilidad aducida por el Abogado del Estado.

Segundo.

Estimar el recurso contencioso-administrativo número 1/2009 interpuesto por D. Francisco Javier Flores Montoya contra el Real Decreto número 1666/2008, de 17 de octubre, sobre traspasos de funciones y servicios de la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos correspondientes a las aguas de la cuenca del Guadalquivir que discurren íntegramente por el territorio de la Comunidad Autónoma, que declaramos nulo.

Tercero.

No hacer imposición de costas.

Cuarto.

Ordenar la publicación de este fallo en el Boletín Oficial del Estado.

Así por esta nuestra sentencia, que deberá insertarse por el Consejo General del Poder Judicial en la publicación oficial de jurisprudencia de este Tribunal Supremo, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.-Pedro José Yagüe Gil, Manuel Campos Sánchez-Bordona, Eduardo Espín Templado, José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat e Isabel Perelló Doménech.-Rubricado.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana