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Becas “Ventura Varo Arellano” y “Mercedes Hidalgo Millán”

12/07/2011
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Orden de 21 de junio de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las becas “Ventura Varo Arellano” y “Mercedes Hidalgo Millán”, y se efectúa su convocatoria para el año 2011 (BOJA de 11 de julio de 2011). Texto completo.

ORDEN DE 21 DE JUNIO DE 2011, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE LAS BECAS “VENTURA VARO ARELLANO” Y “MERCEDES HIDALGO MILLÁN”, Y SE EFECTÚA SU CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2011.

Por escritura pública de testamento otorgada por don Ventura Varo Arellano, este legó una tercera parte de sus bienes al Instituto de Educación Secundaria “Luis de Góngora”, de Córdoba, con destino a la creación de una beca/premio a conceder anualmente a un alumno o alumna destacado en la asignatura de inglés, que se aplicará para fines educativos, libros, matrículas de estudios, viajes a Inglaterra o fines similares.

La entonces Consejería de Educación y Ciencia consideró de interés la aceptación de la referida herencia, en orden a la elevación del nivel del alumnado, y propuso al Consejo de Gobierno la aceptación de la misma, la cual se produjo mediante el Decreto 117/1996, de 26 de marzo (BOJA de 14 de mayo), por el que se acepta, a beneficio de inventario, la herencia de don Ventura Varo Arellano a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con destino a una beca/premio a conceder anualmente a un alumno o alumna que haya destacado en la asignatura de Inglés del Instituto de Bachillerato “Luis de Góngora”, de Córdoba.

De igual manera, por escritura pública de testamento otorgada por doña Mercedes Hidalgo Millán, esta instituyó como heredero universal de sus bienes al Conservatorio Superior de Música de Sevilla, con la intención de que se aplicasen a la dotación de becas destinadas a alumnos y alumnas del centro que cursasen la asignatura de piano.

La entonces Consejería de Educación y Ciencia consideró de interés la aceptación de la referida herencia, en orden a la elevación del nivel artístico del alumnado y a la mayor interrelación cultural y artística entre países vecinos, y propuso al Consejo de Gobierno la aceptación de la misma, la cual se produjo mediante el Decreto 91/1993, de 13 de julio (BOJA de 24 de agosto), por el que se acepta, a beneficio de inventario, la herencia de doña Mercedes Hidalgo Millán en favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para su posterior adscripción a la Consejería de Educación y Ciencia, con destino a becas para estudiantes de piano del Conservatorio Superior de Música de Sevilla.

El Decreto 282/2010, de 4 de mayo Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, establece, en el apartado 3 de la Disposición transitoria primera, que las bases reguladoras de subvenciones deberán adaptarse a lo dispuesto en el citado reglamento.

Por otra parte, la Consejería de Hacienda y Administración Pública ha publicado la Orden de 30 de agosto de 2010, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, que en el marco del compromiso de simplificación y agilización de trámites, aporta como novedad el hecho de no exigir que junto a la solicitud de subvención las personas interesadas aporten ningún otro documento.

Así mismo, en cumplimiento de lo contenido en la Disposición adicional primera de la Orden referenciada, dada la especial naturaleza de las ayudas convocadas, que están destinadas exclusivamente a escolares, se exceptúan las circunstancias contenidas en el artículo 3.3 de las presentes bases reguladoras salvo la letra a) que impide que sea persona beneficiaria aquella que haya sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas. Igualmente, los rendimientos financieros que se generen por los fondos librados a las personas beneficiarias no incrementarán el importe de la subvención en ninguna de las líneas integradas en estas bases reguladoras.

Por tanto, procede adaptar las bases reguladoras para la concesión de la “Ventura Varo Arellano” y de las becas “Mercedes Hidalgo Millán” a las disposiciones del Decreto 286/2010, de 4 de mayo, utilizando las bases reguladoras y los formularios tipo citados y ajustándose a ellos.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, y de acuerdo con las facultades que me confiere los artículos 44.2 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y 118 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo Vínculo a legislación, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras para la concesión de las becas “Ventura Varo Arellano” y “Mercedes Hidalgo Millán”.

1. Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las siguientes becas:

Beca “Ventura Varo Arellano”.

Becas “Mercedes Hidalgo Millán”.

2. A continuación de esta Orden se inserta lo siguiente:

Texto articulado de las bases reguladoras.

Cuadro resumen de la Beca “Ventura Varo Arellano”.

Cuadro resumen de las Becas “Mercedes Hidalgo Millán”.

Anexo I: Formulario de solicitud.

Anexo II: Formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos.

Disposición adicional primera: Delegación de competencias para las convocatorias anuales de las becas “Ventura Varo Arellano” y “Mercedes Hidalgo Millán”.

Se delega en la persona titular de la Dirección General competente en materia de ordenación educativa la competencia para efectuar la convocatoria de las becas reguladas en la presente Orden, mediante resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en la que se determinará el plazo de presentación de solicitudes así como la cuantía total máxima destinada a cada beca.

Disposición adicional segunda. Convocatoria de las becas “Ventura Varo Arellano” y “Mercedes Hidalgo Millán” para el año 2011.

1. Se convocan las becas “Ventura Varo Arellano” y “Mercedes Hidalgo Millán”, para el año 2011.

2. El plazo de presentación de solicitudes para el año 2011 será de veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3. El crédito máximo disponible para esta convocatoria es el siguiente:

Beca “Ventura Varo Arellano”:

Aplicación presupuestaria: 0.1.11.00.01.00.8079.480.01.42D.

Importe máximo: 2.500 euros.

Becas “Mercedes Hidalgo Millán”:

Aplicación presupuestaria: 0.1.11.00.01.00.8079.480.01.42H.

Importe máximo: 15.000 euros.

Disposición derogatoria única.

1. Queda derogada la Orden de 16 de octubre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de la beca “Ventura Varo Arellano”, destinada a premiar a un alumno o alumna matriculado en el Instituto de Educación Secundaria “Luis de Góngora”, de Córdoba, destacado en la asignatura de Inglés, y se efectúa su convocatoria para el año 2007.

2. Queda derogada la Orden de 16 de octubre de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las becas “Mercedes Hidalgo Millán”, destinadas a premiar al alumnado matriculado en el Conservatorio Superior de Música “Manuel Castillo” de Sevilla y se efectúa su convocatoria para el año 2007.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Anexos

Omitidos.

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