Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 24/06/2011
 
 

'Txeroki' desobedece al tribunal en su primer juicio: "No voy a participar en este espectáculo"

24/06/2011
Compartir: 

El ex jefe militar de ETA Garikoitz Aspiazu Rubina, alias 'Txeroki', ha desobedecido al tribunal que le ha juzgado por enviar un paquete bomba al presidente del Grupo Correo, Enrique Ybarra, el 17 de enero de 2002, y se ha negado a declarar y a ser defendido en el primer juicio que se celebra contra él en España.

"No reconozco vuestra legitimidad para juzgar a ciudadanos vascos. No voy a participar en este espectáculo", ha dicho 'Txeroki' en euskera para justificar su negativa durante el juicio, en el que el fiscal Pedro Rubira ha elevado a definitiva su petición de 15 años de cárcel por un delito de asesinato terrorista en grado de tentativa.

'Txeroki', que se ha mostrado tranquilo, serio y desafiante durante todo el juicio salvo cuando ha saludado a los seis amigos y familiares que han acudido a la sala de vistas, ha desobedecido en dos ocasiones la orden de ponerse en pie que le ha formulado la presidenta del tribunal, Ángela Murillo. Ante esta actitud, la magistrada le ha enviado al habitáculo blindado de la sala de vistas y le ha advertido de que no cumplir con sus órdenes podría conllevarle una sanción. "Ahora ya si quiere puede estar sentadito, lo que quiera", le ha espetado.

El que fue máximo responsable de los 'comandos' de ETA entre 2004 y 2008 ha iniciado una pequeña intervención en euskera para justificar su negativa a declarar, aunque ésta no ha llegado a ser traducida por orden de la juez Murillo. Además, le ha solicitado a su abogada, Haizea Ziluaga, que renunciara a defenderle, por lo que ésta no ha realizado ninguna pregunta durante la vista oral, que ha quedado vista para sentencia a las dos horas de su inicio.

El acusado, que vestía un polo a rayas y unos pantalones vaqueros, ha permanecido sentado y con la cabeza apoyada en la pared del habitáculo blindado durante la mayor parte del juicio, a excepción de en cuatro ocasiones en las que se ha agachado para mirar la cara de los testigos protegidos que estaban declarando contra él. De esta forma, se ha ganado el reproche de la presidenta del tribunal, que le ha recordado que tenía derecho a conocer la identidad de los declarantes pero no a pasearse por la zona blindada.

ADN EN UN SUJETADOR

Durante el juicio, un perito ha ratificado que los papeles incautados a Ibon Fernández de Iradi, 'Susper', en la localidad francesa de Tarbes en diciembre de 2002 recogían el atentado contra Ybarra como una de las acciones cometidas por el 'comando K Olaia', en el que posteriormente se pudo determinar que estaba integrado 'Txeroki' junto a Asier Arzalluz Goñi e Idoia Mendizabal Múgica, que fueron condenados en octubre pasado a 15 años de prisión por estos mismos hechos.

El fiscal Pedro Rubira ha justificado su petición de pena a partir de la declaración del colaborador etarra Gorka Martínez Arkarazo, que alquiló el piso en el que habitaban los integrantes del 'comando' en Amorebieta (Vizcaya), y el hecho de que en esta vivienda se encuentraran las huellas de 'Txeroki' en un mapa y su ADN en un cepillo de pelo y en un sujetador de color negro. "Muy pocas veces se encuentran tantas pruebas y muy significativa ha sido su actitud", ha señalado el representante del Ministerio Público.

La letrada de 'Txeroki', por su parte, ha renunciado a presentar su informe de conclusiones definitivas alegando que su cliente niega "legitimidad" a la Audiencia Nacional para "juzgar a ciudadanos vascos". Además, ha reclamado su libre absolución al estimar que no existe "ninguna prueba de cargo suficientemente válida" para desvirtuar su presunción de inocencia, y ha recordado la sentencia que el Tribunal Supremo dictó en junio pasado por la que absolvió a cuatro acusados de cobijar a dos presuntos etarras en 2008 por el "déficit de gantías" que se produjo durante el tiempo en el que permanecieron incomunicados.

"PRUDENCIA DEL EMPRESARIO"

En la sentencia por la que fueron condenados los otros dos miembros del 'comando K Olaia', el tribunal consideró que sólo la "prudencia" del empresario, que le llevó a "desconfiar de la recepción del paquete", impidió que el paquete bomba enviado hiciera explosión.

El paquete, que fue enviado al domicilio de Ybarra, contenía entre 210 y 230 gramos de dinamita Titadyne con un sistema trampa de apertura para que explotara cuando fuera manipulado. La caja fue enviada en nombre de la Confederación Empresarial Vasca (Confebask), con todos los datos concernientes a su sede social. Tanto la etiqueta del remitente como la del destinatario fueron mecanografiadas con una máquina de escribir que fue incautada en septiembre de 2003 en el domicilio que compartían los tres terroristas.

El paquete bomba fue interceptado en la furgoneta de reparto de la empresa de mensajería junto al domicilio de Enrique Ybarra y fue desactivado por dos agentes de la Ertzaintza. Fuente: Europa Press

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El nuevo modelo de Registro Civil impulsado por Justicia alcanza ya al 50% de la población
  2. Actualidad: La AN condena al excomisario de Barajas a 5 años de cárcel por dar un trato VIP en el aeropuerto a cambio de regalos
  3. Actualidad: Félix Bolaños sitúa la digitalización en el centro de la modernización histórica de la Justicia
  4. Estudios y Comentarios: Confederal y federal; por Francisco Sosa Wagner, catedrático universitario
  5. Actualidad: El Supremo hace responsable a la banca de restituir anticipos con letras de cambio en la compra de viviendas
  6. Tribunal Supremo: En caso de tortura la acreditación de los hechos alegados debe valerse del criterio de la prueba más allá de toda duda razonable
  7. Estudios y Comentarios: Una casa sin cimientos; por Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, Académica de Número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España
  8. Libros: BLANCO LÓPEZ, M.ª Ángeles: Música y Derecho. La educación musical como medio de integración social y su evolución histórica hacia la configuración de un nuevo Derecho, Iustel, 334 Páginas
  9. Tribunal Supremo: La cesión del coche de empresa no está sujeta al IVA, aunque la empresa se haya deducido parte del Impuesto soportado por la adquisición del vehículo mediante renting
  10. Tribunal Constitucional: El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad desestima el Recurso de Inconstitucionalidad del PP y confirma que el País Vasco y Navarra tienen competencia para gestionar el ingreso mínimo vital

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana