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Concurso de méritos para la provisión de puesto de trabajo de Profesor Ordinario en la Escuela Judicial

18/04/2011
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El Pleno del Consejo General del Poder Judicial convoca concurso de méritos para la provisión de puesto de trabajo de Profesor Ordinario en la Escuela Judicial.

El concurso se regirá por las siguientes normas:

Primera.-Podrán tomar parte en el mismo los Jueces/zas, Magistrados/as, Secretarios/as de la Administración de Justicia, Abogados/as del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios/as de las Administraciones Públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión.

Segunda.-Quienes deseen tomar parte en el concurso deberán elevar su solicitud, que se ajustará al modelo que obra en el Anexo II de este Acuerdo al Excelentísimo señor Presidente de este Consejo y a la que podrán acompañar relación de los méritos y circunstancias que en ellos/as concurran, así como su justificación documental. Las instancias deberán presentarse dentro de los veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, en el Registro General del propio Consejo (calle Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid) o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercera.-Con la solicitud se acompañará un curriculum vitae, en el que se hará constar los méritos y circunstancias personales que se estimen oportunos y, en especial, los que se refieran a destinos servidos, títulos académicos, publicaciones, idiomas y ejercicio acreditado de actividad docente en materias jurídicas, acompañando los documentos justificativos correspondientes.

Cuarta.-Los/as candidatos/as podrán ser requeridos/as para que justifiquen los datos, circunstancias y méritos a que se refiere la norma anterior. Cualesquiera de entre ellos/as podrán, asimismo, ser citados/as para una entrevista personal.

Quinta.-A la vista de las instancias y documentación presentada por los/as concursantes, el Consejo apreciando conjuntamente los méritos alegados, resolverá el concurso. Si el Pleno entendiera que los/as solicitantes no reúnen las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para el cargo, podrá declarar el concurso desierto.

Sexta.-El/La concursante al o a la que se adjudique el puesto convocado, prestará sus funciones por un período de dos años, prorrogable por períodos anuales con un máximo de prestación de servicios de diez años y será declarado/a en situación de servicios especiales en su administración de origen, de conformidad con lo previsto en el artículo 146.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, y estará sometido/a al Reglamento n.º 1/1986, de Organización y Funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial (BOE núm. 107, de 5 de mayo de 1986).

Los/as concursantes no nombrados/as dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

Séptima.-Contra el presente acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

ANEXO I

Denominación del puesto: Profesor/a Ordinario.

Órgano Técnico: Escuela Judicial.

Número de puestos convocados: 1

Localización: Barcelona.

Nivel de Destino: 29. Complemento específico: 41.509,30 euros anuales.

Adscripción: Jueces/zas, Magistrados/as, Secretarios/as de la Administración de Justicia, Abogados/as del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios/as de las Administraciones Públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

Perfil: Área de Instrucción.

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