La Sala considera que hay una conexión entre la reclamación salarial y el despido, indicio que no se enerva con la explicación dada por la empresa y admitida por la juzgadora de instancia, según la cual la dificultad económica de la empresa justificó su actuación.
La trabajadora reclamó en vía judicial y extrajudicial en pago de unos salarios debidos. Posteriormente, la compañía comunica por carta a la trabajadora la extinción de su contrato de trabajo por despido disciplinario.
El TSJM concluye ha quedado vulnerado la garantía de indemnidad, lesionando el derecho a la tutela judicial efectiva, por lo que declara nulo el despido.
Establece que la existencia de problemas y dificultades económicas de la empresa no justifica el despido de la recurrente. Asimismo, recuerda que el despido no ha sido por causas objetivas, sino disciplinarias.